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Convenios - Decreto 2189/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7 
Convenios


DECRETO 2189/07

TIGRE, 29 de noviembre de 2007.-

VISTO:

Que por Resolución 2031/07 se registró y se puso en vigencia el convenio celebrado el 24 de septiembre de 2007, con la empresa NORDELTA S.A., sobre compromiso de venta o permuta por obra del predio municipal identificado como Circunscripción III, Sección P, Fracción I, de 96.804 m2., y,

CONSIDERANDO:

Que el mencionado convenio se enmarca en las facultades concedidas a este Departamento Ejecutivo por el Art. 2º de la Ordenanza 2606/04, complementaria de la Ordenanza 2564/03, relacionada con las obras viales en la Ruta 27.-

Que para la venta a favor de la empresa NORDELTA S.A., objeto del convenio registrado por Resolución 2031/07, se pactaron en la cláusula tercera dos opciones alternativas de pago:

a) con obras sobre la ruta 27 desde el puente canal aliviador hasta rotonda Santa Maria, conforme croquis adjunto como anexo I, destacando que las mismas revisten el carácter de interés comunitario para la zona de influencia; o, alternativamente;
b) mediante un plan de facilidades de pago, iguales y consecutivas en dólares estadounidenses de 12 cuotas. La MUNICIPALIDAD resolverá en el plazo de 90 días cuales de las dos alternativas de pago utilizará. De no expedirse la MUNICIPALIDAD en el plazo de 90 días se entenderá aprobada de pleno derecho la alternativa b) debiendo la EMPRESA hacer entrega de los fondos comprometidos conforme plan de facilidades de pago arriba descrito. En este último supuesto, la MUNICIPALIDAD se compromete a afectar la totalidad de los fondos eventualmente recibidos a la realización de las obras de ampliación descriptas en a) precedente. 

Que resulta conveniente a los intereses municipales la opción b) antes expuesta, por resultar compatible con la integridad de la obra a cargo de esta Municipalidad.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Notifíquese a la empresa NORDELTA S.A., que esta Municipalidad hace uso de la opción de la cláusula tercera b) del convenio registrado y puesto en vigencia por Resolución Nº 2031/07, iniciándose en consecuencia el cursograma para el pago de las doce cuotas pactadas en dicho convenio, conforme las siguientes precisiones:

a) Conversión en pesos de curso legal conforme cotización del dólar estadounidense, tipo vendedor, Banco Nación, vigente al día anterior a la fecha de pago de cada cuota.
b) Fíjase el día 3 de diciembre de 2007 para la efectivización de la primera cuota y las once restantes en igual día de los meses siguientes y subsiguientes.
c) Las moras en el pago de las cuotas establecidas en la cláusula anterior, serán tratadas en forma similar a las moras en el pago de Tasas por Servicios Municipales, según Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes al momento de producirse.
d) La escrituración se efectuará por ante la Escribana Municipal, titular del Registro Nº 1 del Partido de Tigre, Doña Marcela Buira, al momento de efectivizarse la última cuota, en cuya oportunidad se entregará la posesión del inmueble. Los gastos serán soportados en su totalidad por la compradora.

ARTICULO 2.- Por Contaduría Municipal se procederá a destinar los fondos de la venta objeto del presente y del convenio registrado por Resolución Nº 2031/07, a las obras objeto de las Ordenanzas 2564/03 y 2606/04.-

ARTICULO 3.- Desígnase a la empresa NORDELTA S.A., cuidadora honoraria con los alcances del artículo 178 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, con el objeto de conservar en el estado en que se encuentra el predio municipal identificado como Circunscripción III, Sección P, Fracción I, y evitar toda posible intrusión, quedando en consecuencia cumplida la tenencia precaria establecida en la cláusula cuarta del convenio registrado por Resolución Nº 2031/07.

ARTICULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Economía y Hacienda. Intervenga la Contaduría Municipal.

 


Firmado: Arq. Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2189/07