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Convenios - Decreto 1452/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7 
Convenios


DECRETO 1452/08

TIGRE, 13 de noviembre de 2008.-

VISTO:
Que por Resolución 2672/08 se registró el CONVENIO MARCO, identificado como Nº 65, celebrado el 23 de julio de 2008 con el Ministerio de trabajo, empleo y Seguridad social, de la Nación, en el marco del Plan Integral “MAS Y MEJOR TRABAJO”, y por resolución 2677/08 se registró y se puso en vigencia el Protocolo Adicional Nº 1, y,

CONSIDERANDO:

Que la puesta en marcha del Seguro de Capacitación y Empleo (SCyE) ha impactado directamente en la gestión de las Oficinas de Empleo (OE) Municipales.

Que la atención inicial de las personas que se incorporan al Seguro y el posterior seguimiento de las mismas para ser incorporadas al Esquema Local de Prestaciones (ELP), les generan a los equipos municipales de empleo una carga mayor y más compleja de trabajo coordinado y articulado.

Que en tal sentido el Ministerio de Trabajo, Empleo  y Seguridad Social ha decidido fortalecer técnicamente las oficinas mediante la contratación de recursos humanos por un período de tiempo determinado.

Que resulta necesario poner en vigencia en el ámbito de esta Administración el programa de pasantías en el marco del programa nacional “Plan Más y Mejor Trabajo”

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Pónese en vigencia el programa “pasantías para el CONVENIO MARCO Plan Integral MAS Y MEJOR TRABAJO”, registrado por Resolución 2672/08.-

ARTICULO 2.- Las pasantías creadas por el presente se regirán según las pautas que ponga en vigencia el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de la Nación, en materia de Recursos Humanos para Municipios que celebraron convenio para la puesta en vigencia del Plan Integral “MAS Y MEJOR TRABAJO”, con la transferencia a favor de los pasantes de las sumas no remunerativas asignadas por dicha repartición nacional.

ARTICULO 3.- La situación de pasantía no genera ningún tipo de relación jurídica entre el pasante y el Municipio, no siendo causal de obligaciones de naturaleza tributaría, o con destino al Sistema de Previsión Social, ni de indemnizaciones de ninguna índole.

ARTICULO 4.- Designase a la Agencia de Desarrollo de Empleo e Inversiones  dependencia de aplicación de este programa.

ARTICULO 5.- Refrenden el presente Decreto los señor Secretarios de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración.

ARTICULO_6.- Dése al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Agencia de Desarrollo de Empleo e Inversiones.

 

                                                                                                                  
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Carlos Vittor Secretario de Economía, Hacienda y Administración
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1452/08