TIGRE, 20 de diciembre de 2011.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 3228/11, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 16 de diciembre de 2011, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1.- Convalídanse los convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con la empresa BAPRO MEDIOS DE PAGO S.A., que fueran registrados por Resoluciones 1590/08 y 2626/10.-
ARTICULO 2.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 16 de diciembre de 2011.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 3228/11.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Hacienda y Administración.
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1741/11