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Convenios - Ordenanza 3127/10

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7 
Convenios


ORDENANZA  3127/10

TIGRE, 28 de septiembre de 2010.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3127/10, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 28 de septiembre de 2010, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Facúltase al Departamento Ejecutivo a celebrar  con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires acta convenio con el objetivo de instalar en el Partido de Tigre tres módulos del programa de “Responsabilidad Social Compartida  Envión”, para el apoyo a jóvenes de doce a veintiún años en situación de vulnerabilidad, para el desarrollo de sus capacidades, conocimientos y habilidades, el fortalecimientos de sus vínculos con la sociedad, su integración al mundo del trabajo e inserción a la educación.

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 28 de septiembre de 2010.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3127/10.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Intervenga la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano. Elévese a tratamiento del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

 


Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1099/10