MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
Convenios
ORDENANZA 3008/09
TIGRE, 28 de mayo de 2009.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 3008/09, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 26 de mayo de 2009, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1.- Convalídase el Convenio Marco de Cooperación para la Construcción del Sistema Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, que se celebró el 8 de noviembre de 2008 con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y que fuera registrado por Resolución 186/09.-
ARTICULO 2.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 26 de mayo de 2009.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 3008/09.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y prosígase trámite por la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano.
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 808/09