MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
Convenios
ORDENANZA 2973/08
TIGRE, 11 de diciembre de 2008.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2973/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 9 de diciembre de 2008, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Incorpórase a la Ordenanza 2950/08, el artículo 6º con el siguiente texto:
ARTICULO 6º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a celebrar convenio con el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, así como crear las cuentas necesarias para el manejo de los fondos provenientes de dicho Ministerio y todo otro acto o gestión necesaria para el cumplimiento de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 9 de diciembre de 2008.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 2973/08.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Agencia de Desarrollo de Empleo e Inversiones. Tome conocimiento la Contaduría Municipal.
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1585/08