MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
convenios
ORDENANZA 2923/08
TIGRE, 14 de agosto de 2008.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2923/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 12 de agosto de 2008, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1.- Convalídase la Resolución 1493/08 por la cual se registró y se puso en vigencia el CONVENIO MARCO celebrado el 27 de junio de 2008, con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y BAPRO Medios de Pago S.A., destinado a establecer canales de comunicación y asistencia técnica para el desarrollo e implementación de acciones para la modernización tecnológica y operativa de los sistemas de recaudación de tasas retributivas.
ARTICULO 2.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a instrumentar el convenio objeto del artículo anterior, mediante convenios específicos complementarios asignando el uso de oficinas municipales destinadas a percepción de tasas, derechos o contribuciones.
ARTICULO 3.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 12 de julio de 2008.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 2923/08.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Economía, Hacienda y Administración.
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1074/08