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Convenios - Ordenanza 2923/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
convenios


ORDENANZA  2923/08

TIGRE, 14 de agosto de 2008.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2923/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 12 de agosto de 2008, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.- Convalídase la  Resolución 1493/08 por la cual se registró y se puso en vigencia el CONVENIO MARCO celebrado el 27 de junio de 2008, con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y BAPRO Medios de Pago S.A., destinado a establecer canales de comunicación  y asistencia técnica para el desarrollo e implementación de acciones para la modernización tecnológica y operativa de los sistemas de recaudación de tasas retributivas.

ARTICULO 2.-  Facúltase al Departamento Ejecutivo a instrumentar el convenio objeto del artículo anterior, mediante convenios específicos complementarios asignando el uso de oficinas municipales destinadas a percepción de tasas, derechos o contribuciones.

ARTICULO 3.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 12 de julio de 2008.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2923/08.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Economía, Hacienda y Administración.
 

                                                                    
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1074/08