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Convenios - Ordenanza 2848/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7 
Convenios


ORDENANZA 2848/07

TIGRE, 15 de noviembre de 2007.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2848/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 13 de noviembre de 2007, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Apruébase y facúltase al Departamento Ejecutivo, a la puesta en vigencia del convenio marco con el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, destinado a la obra denominada “pavimento urbano en etapas”, para la ciudad de Tigre, cuyo texto se transcribe a continuación:

Entre la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA y SERVICIOS, representada en este acto por su titular Ingeniero José Francisco LÓPEZ, en adelante la "SECRETARIA" y la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA FEDERAL, dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y  SERVICIOS, representada por su titular Arquitecto Carlos Santiago KIRCHNER, en adelante la "SUBSECRETARÍA", ambas con domicilio en Hipólito Yrigoyen 250, piso 11 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por una parte y la Municipalidad de TIGRE de la Provincia de BUENOS AIRES, representada en este acto por el señor Intendente, Arq. Hiram Antonio GUALDONI con domicilio en la Avenida Cazón N° 1514 de la Localidad de TIGRE, Provincia de BUENOS AIRES, en adelante la "MUNICIPALIDAD", acuerdan celebrar el presente Convenio Marco conforme a lo estipulado en las siguientes cláusulas:


PRIMERA: La "SECRETARÍA", la "SUBSECRETARÍA y la "MUNICIPALIDAD" declaran que es de interés de las partes el desarrollo del proyecto para la obra denominada "PAVIMENTO URBANO EN ETAPAS", ubicada en la Ciudad de TIGRE,  Provincia de BUENOS AIRES.-¬

SEGUNDA: El presente Convenio Marco tiene por objeto el desarrollo del proyecto para la obra descripta en la cláusula Primera, de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente N° S01:0240821/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.-

TERCERA: La "SECRETARIA" se compromete a través de la "SUBSECRETARIA", a realizar las gestiones necesarias para financiar la ejecución del proyecto para la obra identificada en la Cláusula Primera, en la medida de existir partidas presupuestarías suficientes.-

CUARTA: En el marco de dicho objetivo la "MUNICIPALIDAD" en su carácter de Comitente de la obra, se compromete a desarrollar la totalidad de las acciones técnicas y administrativas, para la elaboración del proyecto, con su respectivo cómputo, presupuesto detallado y toda otra documentación necesaria para la realización de la Obra, siendo la responsable exclusiva de todos los efectos resultantes del mismo.-¬

QUINTA: Facúltase a la "SUBSECRETARÍA" a suscribir Convenios Específicos o Actas Complementarias, tendientes a ampliar y/o precisar los términos de este Convenio Marco, que sean necesarios para la realización del proyecto.-

SEXTA: A fin de poner en marcha la ejecución del presente Convenio, la "MUNICIPALIDAD" se obliga a presentar ante la "SUBSECRETARÍA", la totalidad de la documentación técnica descripta en la Cláusula Cuarta, como así también cumplimentar cualquier otro requisito que oportunamente establezca la “SUBSECRETARÍA”-¬
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en     , a los         días del mes de                       de 2007.-¬

ARTICULO 2.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenios Específicos o Actas Complementarias, tendientes a ampliar y/o precisar los términos de este Convenio Marco, que sean necesarios para la realización del proyecto.-

ARTICULO 3.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 13 de noviembre de 2007.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2848/07.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Municipales. Tome conocimiento la Contaduría Municipal.

 

 
Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2117/07