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Convenios - Ordenanza 2545/03

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
Convenios 


ORDENANZA 2545/03


TIGRE, 2 de octubre de 2003.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2545/03, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 23 de septiembre de 2003, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Convalídase el contrato de COMODATO celebrado con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Jefatura Departamental San Isidro IX, mediante el cual se hace entrega de diez (10) bicicletas con 18 velocidades, tipo todo terreno, adquiridas en el corriente año, pintadas e identificadas como bicicletas del cuerpo de Policía de la Provincia de Buenos Aires, cuyo texto se transcribe:

Entre la Municipalidad de Tigre, representada en este acto por su Intendente Municipal Contador Público Ricardo José Ubieto, con domicilio en la Avda. Cazón 1514, Tigre, por una parte como comodante, y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Jefatura Departamental San Isidro IX, representada por su titular Comisario Mayor Don Rubén Cabrera, como comodataria por la otra, se conviene en celebrar el siguiente contrato de comodato sujeto a las siguientes cláusulas y  estipulaciones.

PRIMERA: La Municipalidad de Tigre cede en comodato al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Jefatura Departamento San Isidro IX, diez (10) bicicletas propiedad municipal, con 18 velocidades, tipo todo terreno, adquiridas en el corriente año, pintadas e identificadas como bicicletas del cuerpo de Policía de la Provincia de Buenos Aires.

SEGUNDA: El Ministerio se compromete a asignar el personal necesario para utilizar dichas bicicletas en tareas de patrullaje en el Partido de Tigre, a cuyos efectos la Cámara de Comercio de General Pacheco proveyó la indumentaria respectiva.

TERCERA: La Municipalidad se compromete a solventar los gastos emergentes por mantenimiento y/o reparación de los rodados, en un todo similar al tratamiento de las 18 bicicletas que Policía de la Provincia de Buenos recibiera en comodato por imperio de la Ordenanza 2174/99.

CUARTA: El plazo de duración del presente contrato es por el término de dos (2) años, a partir de la firma del presente, pudiéndose prorrogarse automáticamente su vigencia, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes efectuada con la antelación suficiente.

QUINTA: El presente se suscribe ad referéndum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante. La Municipalidad de Tigre se reserva el derecho de rescindir el comodato si se les diera a las bicicletas cedidas un destino distinto al estipulado. Para tal caso, el Ministerio y/o la Jefatura Departamento, deberá reintegrar los rodados en el plazo de cinco (5) días de comunicada fehacientemente dicha circunstancia.

SEXTA: Las partes constituyen como legales los domicilios consignados precedentemente en donde se consideran válidas todas las notificaciones que se cursen con motivo del presente acuerdo..

OCTAVA: Para cualquier cuestión que pudiera suscitarse con motivo del presente acuerdo las partes convienen someterse a la Jurisdicción del Departamento Judicial de San Isidro, con expresa exclusión de todo otro fuero a jurisdicción.

NOVENA: De plena conformidad con todas las cláusulas precedentes, se firman dos ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto en la ciudad de Tigre, a los 27 días del mes de agosto del año 2003.-

 

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 23 de septiembre de 2003.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2545/03.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Subsecretaría de Prestaciones y Servicios.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1231/03