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Convenios - Decreto 1558/97

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
Convenios 


DECRETO 1558/97


TIGRE, 19 de noviembre de 1997.-

VISTO:

Que las presentes actuaciones por las cuales el señor Ángel Enrique Codorniu, cede una superficie de 84 m2., de propiedad privada que invade la calle Lope de Vega, de Tigre, a los efectos de facilitar los trabajos de pavimentación de dicha arteria,  y, 

CONSIDERANDO:

Que corresponde su puesta en vigencia en forma inmediata, ad referéndum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante, a los efectos de no demorar las mencionadas obras.
  
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


DECRETA

 

ARTICULO_1.- Apruébase y pónese en vigencia el convenio celebrado con el señor Ángel Enrique Codorniu, cediendo 84m2 del terreno designado I-D-319d, parcela 20, que invade la calle Lope de Vega, conforme al texto que seguidamente se transcribe:

En Tigre, a los 31 días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, entre la Municipalidad de Tigre representada en este acto por el titular del Departamento Ejecutivo, Intendente Municipal Contador Ricardo José Ubieto, en adelante LA MUNICIPALIDAD, con domicilio en Avda. Cazón 1514, Tigre, y el señor ÁNGEL ENRIQUE CODORNIU, titular del documenta nacional de identidad 12.254.427, con domicilio en la calle Chingolo 353/7, de Tigre, en adelante, EL CEDENTE, se conviene celebrar el presente acuerdo sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERO: EL CEDENTE cede a LA MUNICIPALIDAD, la superficie de 84 m2 de la parcela 20 de la Circunscripción I, Sección D, Manzana 319d, que avanza desde la línea municipal del resto de la manzana mencionada, ingresando íntegramente en la zona de calle  Lope de Vega, dejando constancia que dicha cesión la efectúa en su condición de poseedor del predio mencionado y heredero del titular Guillermo Avelino Codorniu, padre del cedente y al solo efectos de permitir el avance de la obra de pavimentación de la calle Lope de Vega.

SEGUNDO: LA MUNICIPALIDAD acepta la cesión efectuada por la cláusula anterior, comprometiendo su afectación como vía pública calle Lope de Vega, procediendo a su pavimentación por el sistema de pavimentos U.G.E., al cual adhiere expresamente el titular de la parcela 20 de la Circunscripción I, Sección D, Manzana 319d.

TERCERA: LA MUNICIPALIDAD toma a su cargo la realización a su costa de: planos de subdivisión, escrituración del predio y costo de la obra de pavimentación, liberando al donante de todo costo al respecto, dejando constancia que la obligación de efectuar la escrituración operará a partir de la presentación de la correspondiente declaratoria de herederos.
No habiendo más que agregar, se firma el presente de conformidad y para constancia.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Prosíganse las obras de pavimentación por la Dirección Coordinadora de Pavimentos U.G.E. Elévese a convalidación del Honorable Concejo Deliberante.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1558/97