logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Estacionamiento - Decreto 3816/89

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7
Estacionamiento


DECRETO  3816/89

TIGRE, 21 de febrero de 1989.-

VISTO:

Que habiéndose dictado el Decreto 2683/88 determinando los sectores de vía pública destinados a estacionamiento medido los días sábados, domingos y feriados, y habiéndose sancionado la Ordenanza Impositíva 1989 poniendo en vigencia los montos para la venta de las correspondientes tarjetas, y,

CONSIDERANDO:                                                                        

Que se libró invitación a las entidades de bien público para participar en el sistema de venta de tarjetas, conforme consta en el expediente 4112-3103/88 y agregado 4112-4192/88.-

Que como resultado de lo antes expuesto la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL DE TIGRE se inscribió con fecha 18.10.88 en el registro de expendedores de tarjetas de estacionamiento, creado por Decreto 5522/86, modificado por Decreto 3679/89.-

Que con posterioridad la mencionada entidad presenta los datos de las personas que tomarán a su cargo la tarea de venta y control, en representación de la Asociación Cooperadora.-

Que la entidad solicitante reúne los requisitos necesarios para  tomar a su cargo la actuación pretendida.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO l.- Reconócese a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL DE TIGRE, con domicilio en Ernesto Casaretto 166, Tigre, como entidad expendedora de tarjetas de estacionamiento medido.-

ARTICULO 2-. Adjudícase a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL DE TIGRE, la siguiente zona comprendida en los alcances del Decreto 2683/88, para la venta y control de estacionamiento medido:

1. Paseo Victorica, desde Elimino Mitre hasta Líniers.
2. Emilio Mitre desde Paseo Victorica hasta Alsina.
3. Víto Dumas, desde Paseo Victoríca hasta Alsína.
4. Villegas de Martínez, desde Lagos hasta Paseo Victorica.
5. Tedin, desde Paseo Victorica hasta Saldías.
6. Maschwitz, desde Saldías hasta Paseo Víctoríca.
7. Libertad, desde Paseo Víctoríca hasta Saldías.
8. Líniers desde Paseo Victoríca hasta Saldías.

ARTICULO 3.- Queda impuesta la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL DE TIGRE de la obligación de verificar que el personal que la representa desarrolle su actividad conforme a lo establecidos en los Decretos 5522/86, su modificatorio 3679/89 en el Decreto 2683/88 y la Ordenanza Impositiva vigente.

ARTICULO 4.- Por la Dirección General de Tránsito regístrese el personal que representará a la ASOCIACION COOPERADORA DEL HOSPITAL DE TIGRE y procédase a la entrega de las credenciales correspondientes.-

ARTICULO 5.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.-

ARTICULO 6.- Dese al Registro Municipal de Decretos. notifíquese. Cúmplase.

 

DECRETO 5635/89, AMPLIATORIO DEL ANTERIOR

 

TIGRE, 23 de octubre de 1989.-

VISTO:

Que por el articulo 2 del Decreto 2683 se puso en vigencia el estacionamiento medido para sábados, domingos y feriados en los sectores de la zona turística detallados en los incisos 2.1. a 2.15., y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 3816/89 se adjudicó a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL DE TIGRE algunas de las zonas establecidas, a los efectos de que dicha entidad actúe como vendedora de tarjetas de estacionamiento medido y contralor del sistema.

Que no se han presentado otras entidades interesadas en cubrir el resto de los sectores destinados a estacionamiento medido.
Que mediante Alcance N° 1, presentado el 11.10.89, la Asociación Cooperadora del Hospital de Tigre manifiesta su voluntad de cubrir un radio mayor con el servicio de venta de tarjetas de estacionamiento.

Que resulta necesario llevar a la práctica la totalidad de las zonas previstas en el Decreto 2683/88, a los efectos de ordenar el estacionamiento en los lugares y días antes indicado.

Que durante el período en que la Asociación Cooperadora del Hospital de Tigre lleva ejerciendo el control y la venta de tarjetas de estacionamiento, otorgado por Decreto 3816/89, ha demostrado cumplir su cometido con eficiencia.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO l.- A partir de la fecha del presente, ampliase la zona asignada a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL DE TIGRE para venta de tarjetas de estacionamiento y control del mismo, la que queda fijada en los siguientes límites, comprendido los adjudicados por el artículo 2 del Decreto 3816/89:

1. Lavalle, desde Avda, del Libertador General San Martín hasta Paseo Victorica, paralelo al cordón, lado izquierdo del sentido de circulación.

2. Paseo Víctorica desde Lavalle hasta Pirovano.  Paralelo al cordón lado izquierdo del sentido de circulación.

3. Paseo Victorica, desde Pirovano hasta Liniers, En 45°, lado derecho del sentido de circulación.

4. Liniers, desde Paseo Victorica hasta Saldíás. Paralelo al cordón, lado izquierdo del sentido de circulación.

5. Rícardo Fernández, desde Vicente López hasta Lavalle. Paralelo al cordón, a la izuierda del sentido de circulación.

6. Carlos Pellegrini, desde Vicente López hasta Lavalle.  En 45°, lado izquierdo del sentido de circulación.

7. Colón, desde Carlos Pellegrini hasta Paseo Victorica.  En 45°, a la izquierda del sentido de circulación.

8. Tacuarí, desde Carlos Pellegrini hasta Paseo Victorica, pa¬ralelo al cordón de la acera impar.

9. Oliveira Cesar, desde Paseo Victoríca hasta Carlos Pellegri¬ni. Paralelo al cordón, a la derecha del sentido de circulación.

10. Mitre, desde Paseo Victorica hasta Alsina.  Paralelo al cordón de la acera par.

11. Vito Dumas, desde Paseo Victorica hasta Alsina, Paralelo al cordón de la acera impar.

12. Villegas de Martínez, desde Lagos hasta Paseo Victorica.  Paralelo al cordón de la acera par.

13. Tedín, desde Paseo Victorica hasta Saldías.  En 45° sobre acera impar.

14. Maschwitz, desde Saldías hasta Paseo Victorica, En 45° so¬bre acera par.

15. Libertad, desde Paseo Victorica hasta Saldías.  Paralelo al cordón de la acera impar.

ARTICULO 2.- Queda impuesta la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL DE TIGRE de la obligación de verificar que el personal que la representa desarrolle su actividad conforme a lo establecido en los Decretos 5522/86, 3679/89 y 2683/88 y en la Ordenanza Impositiva vigente para cada período.

ARTICULO 3.- Por la Dirección General de Tránsito regístrese el personal que representará a la ASOCIACIÓN COOPERADO¬RA DEL HOSPITAL DE TIGRE y procédase a la entrega de las creden¬ciales correspondientes.

ARTICULO 4°.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Cúmplase. Exhíbase en cartelera Dirección General de Tránsito.

 

FIRMADO: Casaretto, Secretario de Gobierno. Ubieto, Intendente.-
DECRETO 3525 DEL 23-10-89.-