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Habilitaciones - Decreto 1187/94

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
Habilitaciones 


 DECRETO 1187/94

TIGRE, 20 DE OCTUBRE DE 1994.

VISTO:

   Que por Decreto 2000/92, ratificado por Ordenanza 1381/93, promulgada por Decreto 729/93, se reglamentó la Ordenanza 280/85, "Código de Zonificación del Partido de Tigre", con relación a la planilla de usos de los conceptos INSTITUCIONAL y SALUD, y,

CONSIDERANDO:

   Que resulta necesario modificar el Decreto 2000/92, en su artículo 1º, iniciso 1.1.1), a los efectos de reflejar las diferencias fundamentales que tienen los establecimientos preescolares que se radiquen en zonas residenciales y  que habiliten un máximo de seis aulas, con relación al resto de los establecimiento de enseñanza, ya que los mencionados en primer término actúan sólo en tres niveles, desde el inicial hasta el preescolar propiamente dicho, produciendo un impacto sensiblemente menor en la zona de radicación.

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1º Modifícase el Artículo 1º, inciso 1.1.1) del Decreto 2000/92, el que quedará redactado conforme el siguiente texto:

DECRETO 2000/92, ART. 1º, INCISO 1.1.1): emplazados en zonas residenciales:

a) Para establecimientos preescolares con un máximo de seis (6) aulas: requerimiento mínimo de tierra: 2.000 m2. (dos mil metros cuadrados);

b) Para los establecimientos educacionales no comprendidos en el incisos anterior): requerimiento mínimo de tierra: 4.000 m2. (cuatro mil metros cuadrados);

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Tomen conocimiento las dependencias de aplicación. Elévese al Honorable Concejo Deliberante para su ratifi-cación.
 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1187/94