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Organigrama - Decreto 499/97

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O2
 Organigrama 

 DECRETO 499/97


TIGRE, 5  de mayo de 1997.-

VISTO:

La necesidad de que por intermedio de la Secretaría de Economía y Hacienda se lleve a cabo programas de trabajos de carácter eventuales, necesarios para complementar las prestaciones que se realizan por intermedio del personal de “planta permanente”, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde formular los distintos programas que se desarrollarán durante el corriente año, a los efectos de que las dependencias competentes en cada caso adopten las providencias que fueren necesarias para dar oportuno cumplimiento a los mismos, así como realizar las previsiones presupuestarias para las erogaciones en “planta temporaria”.

Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las facultades conferidas por la Ley 11.757


D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- Fíjase con carácter complementario del plan de trabajos que la Secretaría de Economía y Hacienda ejecutará en el corriente año, los programas que seguidamente se detallan:

a) Programa regularización de deudas: destinado a cubrir los servicios necesarios de promoción y contacto con los deudores de tasas municipales, ofreciendo los planes vigentes para regularizar, tareas éstas que no pueden realizarse con planta permanente atento el caracter eventual y extraordinario de cada plan.-

b) Programa verificación impositiva: destinado a campañas eventuales de verificación de pago de Tasas,.

c) Programa cajeros: destinado  al apoyo del personal de planta permanente que se desempeña como cajeros, en aquellas oportunidades de incremento de ingresos como consecuencia de la ejecución de los programas mencionados en los incisos a) y b).
 
ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Secretaría de Economía y Hacienda adopte las providencias necesarias para llevar a práctica los programas dispuestos en el artículo anterior, a cuyos efectos queda facultada para proponer las contrataciones de personal de planta temporaria que fuere necesario.

ARTICULO 3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO 4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Cúmplase por la Secretaría de Economía y Hacienda. Tome conocimiento la Dirección General de Personal y la Contaduría Municipal.

 


Ernesto G. Casaretto
Secretario de Gobierno FIRMADO Ricardo J. Ubieto
Cdor.Pub.Nac.
Intendente Municipal
Cdor. Hugo Leber
Secretario de Economía
y Hacienda

DECRETO Nº 499
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto