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Cultura - Decreto 190/80

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C12
 Cultura


 ORDENANZA 190/80 

TIGRE, 3 de enero de 1980.

VISTO:

La necesidad de adoptar todas las medidas que correspondan para preservar la estructura del edificio donde funciona el Centro Cultural de Tigre, y,

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de lo expuesto precedentemente resulta procedente prohibir la realización de bailes en los salones y en la terraza, ya que sus estructuras no se encuentran en condiciones de soportar el desplazamiento y movimiento de tal cantidad de personas.

Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1.-  Prohíbese la realización  de bailes en los salones y terraza del Centro Cultural Tigre, ubicado en Paseo Victorica 972, por los motivos sustentados en el exordio.

ARTICULO 2.- No están alcanzadas por la presente prohibición las actividades relacionadas con reuniones debidamente autorizadas por la Municipalidad u organizadas por ellas, las que en todos los casos se autorizara únicamente cuando se compruebe que la cantidad de personas asistentes no pondrá en peligro las instalaciones.

ARTICULO 3.-  Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Cumplase por intermedio del Departamento Cultura, quien notificara del presente a los concesionarios del restaurante del Centro Cultural Tigre.

 

FIRMADO: Leber, a cargo de la Sec. de Gobierno. Ubieto, Intendente.