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Delegacion de Funciones - Decreto 277/18

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D12 
Delegacion de Funciones


DECRETO Nº 277/18

TIGRE,  9 de marzo de 2018.-


VISTO:

Las siguientes delegaciones de funciones concedidas en el marco del Art. 181 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”, a la ex Secretaría de Inversión Pública:

• Fondeaderos según competencia otorgada por la Ley 9297, reglamentada por Ordenanza  28/79 (Delegada por Inc. 6 del Art. 1° del Decreto 5/08 y Art. 2 del Decreto 1731/09).

• Uso de muelles municipales, incluyendo su remodelación, reconstrucción o construcción (Delegada por  Inc. 7 del Art. 1° del Decreto 5/08 y Art. 2 del Decreto 1731/09).

• Convalidación y Registro de “Actas de Recepción Provisoria” y “Actas de Recepción Definitiva”, relacionada con obras públicas municipales (Delegada por Decreto 692/16).
 
CONSIDERANDO:

Que por Decreto 1962/17 se reestructuraron las Secretarías Municipales y las funciones de la Secretaría de Inversión Pública fueron absorbidas por la Secretaría General y de Economía.

Que a los efectos de continuar con las mencionadas delegaciones de funciones, resulta procedente disponer su continuidad por intermedio de la Secretaría General y de Economía.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO_1.- A partir de la entrada en vigencia del Decreto 1962/17, delégase en la Secretaría General y de Economía, en el marco del artículo 181 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”, emitir actos administrativos relacionados con los siguientes temas de su competencia:

1. Fondeaderos según competencia otorgada por la Ley 9297, reglamentada por Ordenanza  28/79.

2. Uso de muelles municipales, incluyendo su remodelación, reconstrucción o construcción.

3. Convalidación y Registro de “Actas de Recepción Provisoria” y “Actas de Recepción Definitiva”, relacionada con obras públicas municipales.

ARTÍCULO 2.- Refrenden el presente Decreto la señora Secretaria de Gobierno y el señor Secretario General y de Economía.

ARTÍCULO 3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría General y de Economía.

 



Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal. Dra. Patricia S. D’Angelis, Secretaria de Gobierno
Cdor. Luis Fernando Lauría, Secretario General y de Economía
DECRETO N° 277/18