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Registros Obligatorios - Decreto 1453/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto R8
Registros Obligatorios


DECRETO 1453/02

TIGRE, 30 de diciembre de 2002.-

VISTO:

Que por artículo 3º del Decreto 1496/91, se creó el REGISTRO DE PROFESIONALES ORDENANZA 1138/91, bajo responsabilidad de la Secretaría de Obras públicas, y,

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el informe producido por la Subsecretaría de Obras Públicas, con fecha 29 de noviembre de 2002,  declarándose incompetente para continuar con dicho registro, proponiendo que el mismo se concrete en la Dirección General de Industrias y Política Ambiental.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Dispónese que a partir de la fecha del presente Decreto, el REGISTRO DE PROFESIONALES ORDENANZA 1138/91, objeto del artículo 3º del Decreto 1496/91, será llevado por la Dirección General de Industrias y Política Ambiental.

ARTICULO 2.- La Secretaría de Obras Públicas remitirá a la Dirección General de Industrias y Política Ambiental las inscripciones realizadas desde la puesta en vigencia del Decreto 1496/91, hasta la fecha del presente.

ARTICULO 3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Obras Públicas.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Industrias y Política Ambiental.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hugo Leber,
Secretario de Economía y Hacienda, a cargo de la Secretaría de Obras Públicas
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1453/02