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Puentes - Decreto 1060/12

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P8
PUENTES


DECRETO 1060/12

TIGRE, 14 de agosto de 2012.-

VISTO:

Que por Decreto 321/10 se puso en vigencia el reglamento de uso y operatoria del sistema levadizo del puente vehicular MARÍA EVA DUARTE DE PERÓN y del puente peatonal preexistente, en la localidad de Dique Luján, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde adecuar la operatividad de dichos puentes a las actuales necesidades de uso de los mismos.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1.- Modifícase el inciso 1. del artículo 1º del Decreto 321, el que quedará redactado conforme el siguiente texto:

1. Ambos puentes podrán elevarse con frecuencia de una hora todos los días desde las 08:00 hasta las 20:00, con un aviso previo mínimo de 30 (treinta) minutos y cierre al pasar la última embarcación en espera. En caso de emergencia náutica, el requerimiento será efectuado a la Prefectura Naval Argentina Destacamento Dique Luján, quien dará el aviso correspondiente.

ARTICULO 2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretario de Gobierno, de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura y de Protección Ciudadana.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de Dique Luján y la Dirección General de Tránsito. Prosígase el trámite dispuesto en el Decreto 321/10.

D2576-1
BO.662
22-08-12

Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
José María Paesani Secretario de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura
Diego Santillán, Secretario de Protección Ciudadana
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto

DECRETO N° 1060/12