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Licitaciones - Ordenanza 2765/06

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto L2
Licitaciones 


ORDENANZA 2765/06

TIGRE, 1º de diciembre de 2006.-

 

VISTO:

La Ordenanza Nº 2765/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 28 de noviembre de 2006, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Autorizase al Departamento Ejecutivo a llamar a licitación pública para la prestación del servicio de RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DESCARGA DE RESIDUOS DOMICILIARIOS, BARRIDO DE CALLES, LEVANTAMIENTO DE MONTÍCULOS, Y PROVISIÓN Y MANTENIMIENTO DE  CONTENEDORES, por el término de 6 (seis)  años  con opción a dos años mas por parte de la Municipalidad.

ARTICULO 2.- Facultase al Departamento Ejecutivo a confeccionar el correspondiente PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, con las siguientes condiciones mínimas:

1. Los oferentes deberán acreditar su capacidad técnica en la prestación de servicios de recolección, transporte y descarga de residuos domiciliarios, barrido de calles y levantamiento de montículos y de estar prestando servicios ininterrumpidos en los últimos diez (10) años en 2 ciudades de  la República Argentina con un mínimo en cada una de 5.000 cuadras / día y 300 Tn/día de recolección y transporte de residuos.
2. Los oferentes deberán acreditar capacidad económica, financiera  y patrimonial suficiente,  para lo cual se establecerán los índices de solvencia, liquidez y magnitud empresaria que permitan evaluar  a los oferentes.
3. No podrán participar de la licitación las empresas que hayan sido objeto de rescisión de contrato por incumplimientos o deficiencias en la prestación de servicios
4. Los oferentes deben ser sociedades anónimas  regularmente constituidas e inscriptas y domiciliadas en el país,  cuyo objeto social coincida con los servicios licitados, no aceptándose la participación de sociedades accidentales, de unión transitorias de empresas, ni de ninguna otra figura societaria que no sea sociedad anónima.
5. Los servicios deberán ser prestados con camiones equipados con caja compactadora de residuos y/o cajas metálicas cerradas. Los oferentes deberán prestar los servicios con un 40 %  de equipos nuevos, año 2006 y debiendo adquirir en el plazo de los primeros 4 años de contrato otro 40% de vehículos nuevos.  Para el resto de la flota no se admitirá  modelos inferiores al año 1997.
6. El personal de la actual contratista deberá ser contratado por la empresa que resulte adjudicataria otorgándoles esta última la continuidad laboral, conservando dicho personal los beneficios que percibían en su relación laboral actual,  aceptando la adjudicataria la cesión de la totalidad de los contratos de trabajo de todo el personal operativo
7. La empresa adjudicataria deberá, comprometerse a ejecutar acciones efectivas, tendientes al cuidado y preservación del Medio Ambiente.

ARTICULO 3.- Créase la comisión de Adjudicación, integrada por los Presidentes de los Bloques Políticos que conforman el Honorable Concejo  Deliberante y por igual número de funcionarios del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 4.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 28 de noviembre de 2006.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2765/06.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Dirección de Compras y Secretaría de Obras Públicas y Servicios Municipales.

 


Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2654/06