MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I3
Infraestructura Vial
ORDENANZA 2575/04
TIGRE, 15 de abril de 2004.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2575/04, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2004, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1.- Modifícase el inciso c) del artículo 1º de la Ordenanza 2564/03, el que quedará redactado conforme el siguiente texto:
c) Establecer una contribución por mejoras a los casos que se detallan a continuación ubicadas en la zona que abarca Rió Lujan, Canal Villanueva y su prolongación hasta antiguas Vías del Ferrocarril Mitre Ramal a Dique Luján, vías del Ferrocarril Mitre Ramal Escobar, Arroyo las Tunas, Canal Aliviador y Río Luján, así también otras que deseen colaborar con el proyecto.
• Todos los lotes de urbanizaciones cerradas existentes a la fecha en el área de influencia
• Aquellos predios baldíos de mas de 2.500 metros
• Todas las urbanizaciones en construcción
ARTICULO 2.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 13 de abril de 2004.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 2575/04.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Secretaría de Economía y Hacienda. Por la Dirección de Despacho General y Digesto incorpórese al Digesto municipal texto ordenado de la Ordenanza 2564/03.-
Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 692/04