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Saneamiento - Ordenanza 2299/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S14
Saneamiento 


ORDENANZA 2299/00

TIGRE, 30 de octubre de 2000.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2299/00, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 24 de octubre de 2000, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO_1º El Departamento Ejecutivo deberá proceder a notificar a los Departamento Ejecutivos de los Municipio que integran la Cuenca del Río Reconquista que extremen las medidas necesarias para el control de las industrias contaminantes y el arrojo de residuos domiciliarios en cada uno de los Distritos que afecta el curso del río.

ARTICULO 2º Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las correspondientes denuncias Penales y Administrativas por  incumplimiento a las leyes Nacionales y Provinciales de preservación del medio ambiente y de disposición final de residuos que afecta a la Cuenca del Río Reconquista, inclusive plantear ante la Suprema Corte de Justicia Bonaerense los conflictos de poderes que se generan entre Municipios por incumplimiento de la legislación vigente.

ARTICULO 3º El Departamento Ejecutivo deberá requerir informe a la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires sobre las acciones que realiza la misma con relación al control de las industrias instaladas en la cuenca y que por aplicación de la Ley 11.459 corresponde su contralor a ese organismo provincial.

ARTICULO 4º El Departamento Ejecutivo deberá solicita al CEAMSE notifique a los Municipios integrantes de la cuenca del Río Reconquista, comprendido en la Ley 9111, que deberán volcar los residuos en los lugares habilitados por esa entidad.

ARTICULO 5º Comuníquese la presente a los demás Concejos Deliberante de la Provincia de Buenos Aires, solicitando su adhesión.

ARTICULO 6º Sin perjuicio de las facultades otorgadas en los artículos precedentes el Departamento Ejecutivo continuará impulsando acciones de cooperación con los Municipios con influencia en la cuenca del Río Reconquista a fin de tratar la problemática ambiental generada por contaminación industrial y residuos domiciliarios.

ARTICULO_7º Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 24 de octubre de 2000.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2299/00.-

ARTICULO 2.- Fíjase el siguiente cursograma de cumplimiento de la Ordenanza 2299/00:

a) Por Secretaría de Gobierno remítase copia de la Ordenanza 2299/00 al Departamento Ejecutivo y Honorables Concejos Deliberantes de cada Municipio de la cuenca del Río Reconquista: Partidos de Moreno, Merlo, San Miguel, San Martín, 3 de Febrero, San Isidro y San Fernando, exponiendo la necesidad de coordinar acciones relacionadas con la problemática del Río Reconquista.
b) Por Asesoría Letrada iníciense las acciones correspondientes ante Fiscalía General de San Isidro, respecto a incumplimiento de la Ley 9111.
c) Por Secretaría de Gobierno remítase nota al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires denunciando incumplimiento de la Ley 9111 en las márgenes del Camino del Buen Ayre.
d) Por Secretaría de Gobierno líbrese nota a la Secretaría de Política Ambiental requiriendo listado de empresas que efectúan volcamiento al Río Reconquista y detalle de acciones que lleva adelante la Secretaría de Prevención en la zona.
e) Por Secretaría de Gobierno líbrese nota al CEAMSE solicitando el cumplimiento del artículo 4º de la Ordenanza 2290/00.
f) Por Secretaría de Gobierno líbrese nota a la Legislatura Bonaerenses comunicando la necesidad de urgente tratamiento de la Ley de Cuenca Río Reconquista.

ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1544/00