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Seguridad - Ordenanza 2174/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S15
Seguridad 


ORDENANZA 2174/99

TIGRE, 20 de mayo de 1999.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 2174/99, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 11 de mayo de 1999, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Apruébase y pónese en vigencia el convenio celebrado el 23 de marzo de 1999, con el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, destinado a la entrega en comodato de 18 bicicletas y el compromiso del Ministerio de asignar el personal necesario para tareas de seguridad, que textualmente se transcribe:

Entre el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por el señor Secretario de Seguridad, Dr. CARLOS ALBERTO BERALDI,  en adelante EL MINISTERIO y la Municipalidad de Tigre, representada por el señor Intendente Municipal, Contador RICARDO JOSE UBIETO, en adelante LA MUNICIPALIDAD, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, acuerdan celebrar el presente
CONVENIO

ARTICULO 1.- La MUNICIPALIDAD entrega en préstamo de uso gratuito (comodato), y el MINISTERIO acepta de conformidad, dieciocho (18) bicicletas de su propiedad, tipo todo terreno con suspensión, marca Haro Vector.

ARTICULO 2.- El MINISTERIO se compromete a afectar las mismas a un servicio de prevención en el Partido de Tigre, en áreas de  esparcimiento y recreación del Distrito, desplegando su accionar de acuerdo a la misión y funciones que le es propia y, que le asigna la Ley 12.155 “De Organización de las Policías de la Provincia de Buenos Aires”. A tales fines, la Jefatura Departamental elaborará las pertinentes órdenes de servicio.

ARTICULO 3.- El MINISTERIO asume el compromiso de asignar el personal necesario para la ejecución del precitado servicio de seguridad, si que tal circunstancia implique disminuir el nivel operativo que a la fecha despliega el comando de Patrulla y las Comisarías de la Jurisdicción.

ARTICULO 4.- La MUNICIPALIDAD, proveerá al personal policial asignado de dos uniformes, uno de invierno y otro de verano, cuyo modelo y características serán preestablecidos con el señor Jefe Departamental.

ARTICULO 5.- La Municipalidad se compromete a solventar los gastos emergentes por mantenimiento y/o reparaciones de los rodados.

ARTICULO 6.- El MINISTERIO asume la responsabilidad por eventuales daños que pudieran ocasionar a terceros, en orden a su deber general de seguridad.

ARTICULO 7.- El presente convenio tiene una duración de DOS años, prorrogándose automáticamente salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes, con una antelación no menor a noventa días, motivo que dará lugar a la rescisión del mismo y, por el cual EL MINISTERIO deberá devolver los rodados a LA MUNICIPALIDAD, en el estado en que fueron entregados, salvo el normal deterioro y desgaste propio del transcurso del tiempo y uso racional de la cosa, dentro de los cinco días de haber  sido notificada fehacientemente la rescisión.

ARTICULO 8.- para todos los efectos legales emergentes, EL MINISTERIO fija su domicilio legal en la calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata, y LA MUNICIPALIDAD, en la Avda. Cazón 1514, de Tigre, sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarias del Departamento Judicial de La Plata con renuncia expresa a todo otro fuero y jurisdicción.

En prueba de conformidad, las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Tigre a los veintitrés días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y nueve.-

ARTICULO 2.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 11 de mayo de 1999.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 2174/99.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese. Cúmplase.



Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hiram A. Gualdoni, Intendente Interino.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 990/99