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Creditos - Ordenanza 1888/96

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C32
Creditos 


ORDENANZA 1888/96

TIGRE, 10 de diciembre de 1996.-

VISTO:

   La Ordenanza Nº 1888/96, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 26 de noviembre de 1996, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º  modifícase el art. 9 de la Ordenanza 1833/96, el que quedará redactado conforme el siguiente texto:

ARTICULO 9º:  Amortización: La deuda será amortizada por el Municipio en cuotas trimestrales en un plazo de doce (12) años que incluye un periodo de gracia igual al periodo de ejecución estimado para este proyecto mas seis (6) meses, debiendo amortizarse totalmente antes del 10 de noviembre del año 2010.
  Durante el periodo de gracia el Municipio pagará intereses cada noventa (90) días a partir de la primer transferencia, sobre el capital efectivamente desembolsado.
  La Tasa de interés será del 8,98 % anual, variable semestralmente según comunique la Unidad Ejecutora provincia.

ARTICULO 2º  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 26 de noviembre de 1996.

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 1888/96.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Economía y Hacienda.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1567/96