MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto M6
MORALIDAD
ORDENANZA 3435/14
CORRESPONDE EXPTE. HCD-88/14
TIGRE, 12 de septiembre de 2014.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 3435/14, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre en Sesión Ordinaria del 12 de septiembre de 2014, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Declárase de “Interés Municipal” las actividades preventivas sociales y educativas denominadas “Tigre dice NO al Grooming”, (delitos sexuales contra menores en Internet) promovidas por la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano y el grupo de concientización.-
ARTICULO 2º.- Manifiéstese adhesión a la Ley Nacional Nº 26.904, mediante la cual se incorpora como artículo 131 del Código Penal el siguiente texto:
‘Artículo 131.- Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES; 12 de septiembre de 2014.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTÍCULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 3435/14.-
ARTÍCULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano.
O1727
BO.729
19-09-14
Firmado: Dr. Julio Zamora, Intendente Municipal. Dr. Alejandro Chavarría, Secretario de Gobierno.
DECRETO N° 1408/14