MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O6
Obras Particulares
ORDENANZA 754/53
ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo primero de la Ordenanza número 718/53, sancionada el 30 de diciembre de 1952, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 1.- Desde la promulgación de la presente Ordenanza, exímese del impuesto de edificación al personal y/o funcionarios municipales que construyan su casa habitación dentro del Partido de Las Conchas.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 1° de abril de 1953
PROMULGADA por Decreto 1639/53