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Urbanismo - Decreto 584/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2 
Urbanismo


 DECRETO 584/02 

TIGRE, 21 de junio de 2002.-

VISTO:

Que en planilla general de usos de la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”,  no se encuentra permitido el rubro “panaderías” en Zona I4, y,

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto por la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, articulo 7º de la Ordenanza 1894/96, que textualmente se transcribe:

 

TIGRE, 6 de junio de 2002.

- VISTO:

Que en planilla general de usos de la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”,  no se encuentra permitido el rubro “panaderías” en Zona I4, y,  

CONSIDERANDO:

a) Que el mencionado rubro se encuentra clasificado en el artículo 12, parte IV, inciso i), punto 33, de la Ordenanza 1894/96, cuyo trámite se diferencia conforme lo reglamentado por Decreto 2005/99.
b) Que esta Comisión comparte en un todo la propuesta de la Dirección General de Habilitaciones de Comercios, a efectos de consignar el rubro “panadería” autorizable en zona I4.
c) Que igual criterio propone la Dirección de Obras Particulares, en virtud de tratarse de un rubro compatible para los usos de la zona en cuestión. 
Por ello, la COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA 1894/96: DISPONE:
1. Proponer al Departamento Ejecutivo incluir el rubro “panadería”, clasificado en el artículo 12, parte IV, inciso i), punto 33, de la Ordenanza 1894/96, reglamentado por Decreto 2005/99, apto para su emplazamiento en Zona I4, por los motivos expuestos precedentemente.
Firmado: Ernesto G. Casaretto, Secretario de Gobierno. Cdor. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda.  Arq. Guillermo Zwanck, Subsecretario de Obras Públicas. Arq. Eduardo Barbieri, Director de Obras Particulares

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Incorpórase el rubro “panadería”, clasificado en el artículo 12, parte IV, inciso i), punto 33, de la Ordenanza 1894/96, reglamentado por Decreto 2005/99, como rubro permitido para su emplazamiento en Zona I4, por los motivos expuestos precedentemente.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 584/02