logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Urbanismo - Decreto 534/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2
Urbanismo 


 DECRETO 534/01 

TIGRE, 14 de febrero de 2001.-


VISTO:
La necesidad de reglamentar el artículo 65 inciso d) de la Ordenanza 1894/96, y todos aquellos puntos relacionados con estacionamiento en edificios de viviendas multifamiliares, y, 

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el informe producido por la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, articulo 7º de la Ordenanza 1894/96,  que textualmente se transcribe:

TIGRE, 15 de noviembre de 2000.-

Se transcribe a continuación lo resuelto por la COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA 1894/96: “Con relación a la necesidad de reglamentar aquellos aspectos de la Ordenanza 1894/96, sobre estacionamiento, se D I S P O N E:

1. Que el crecimiento edilicio de viviendas multifamiliares es sostenido, estableciendo características propias de una mayor densidad.
2. Que los proyectos de vivienda multifamiliar deben contemplar los espacios y calidad propia, no solamente a las unidades de vivienda sino también circulación, capacidad y estudio vehicular en su entorno, los cuales deben ser resueltos dentro de la propiedad privada.
3. Que el incremento de unidades vehiculares necesariamente implica una adecuación de la normativa.
4. Que las unidades vehiculares de estacionamiento deberán  surgir de la relación directa con la unidades de viviendas multifamiliares.
5. Que en las zonas de cota de máxima creciente que no coincida con el nivel cero del terreno, deberá resolverse sobre cota y los proyectos verificarse a través de las dependencias competentes.
6. Atento lo expuestos en los puntos 1, 2, 3, 4 y 5, esta Comisión propone al Departamento Ejecutivo dictar Decreto reglamentario fijando que las unidades mínimas de estacionamiento es  del setenta por ciento de las unidades de viviendas.


FIRMADO: Ernesto G. Casaretto Secretario de Gobierno, Cdor. Hugo Leber Secretario de Economía y Hacienda, Arq. Guillermo Zwanck Subsecretario de Obras Públicas Arq. Eduardo Barbieri Director de Obras Particulares.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Fíjase, con carácter reglamentario de las previsiones  sobre estacionamiento de vehículos contenidas en la Ordenanza 1894/96 “Código de Planeamiento del Partido de Tigre”, que la cantidad mínima de unidades de estacionamiento es del setenta por ciento (70%) de las unidades de viviendas.

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección de Obras Particulares.

 


Ernesto G. Casaretto
Secretario de Gobierno FIRMADO Ricardo J. Ubieto
Cdor.Pub.Nac.
Intendente Municipal

DECRETO Nº 534
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto