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Tasas Municipales - Decreto 498/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16 
Tasas Municipales 


DECRETO 498/99

TIGRE,  31 de marzo de 1999.-


VISTO:
   La realización de la obras “PAVIMENTACION AVENIDA MARCOS SASTRE”,  y, 

CONSIDERANDO:
   Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el informe producido por la Secretaría de Economía y Hacienda, a fs. 12 del expediente 4112-7205/99, el cual aprueba el informe de la dirección General de Recursos Tributarios de fs. 10, 10 vuelta, 11, y 11 vuelta.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


DECRETA

 

ARTICULO_1.- Fíjase el costo a cargo de los inmuebles beneficiarios de la obra PAVIMENTACION AVENIDA MARCOS SASTRE, categorizados como comercios e industrias, conforme las pautas establecidas en la Ordenanza Impositiva 1999, en la suma de pesos doscientos diecisiete con cuarenta centavos ($ 217,40), por  metro lineal de frente, financiados en cincuenta (50) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, las cuales serán emitidas conjuntamente con la Tasa por Servicios Municipales, operando el primer vencimiento para los lotes frentistas, el día 16 de abril de 1999.-

ARTICULO 2.- Fíjase el costo a cargo de los inmuebles beneficiarios de la obra PAVIMENTACION AVENIDA MARCOS SASTRE, categorizados como viviendas familiares, conforme las pautas establecidas en la Ordenanza Impositiva 1999, en la suma de peso ciento cincuenta ($ 150,00), por metro lineal de frente, financiados en cincuenta (50)  cuotas mensuales, iguales y consecutivas, las cuales serán emitidas conjuntamente con la Tasa por Servicios Municipales, operando el primer vencimiento para los lotes frentistas, el días 16 de abril  de 1999.

ARTICULO 3.- En caso de cancelación total por pago al contado de los valores establecidos en los artículos precedentes, se otorgará un descuentos del veinte por ciento (20%), por metro de frente de cada parcela beneficiada por la obra.

ARTICULO 4.- Defínese en el treinta y uno por ciento (31%) sobre el costo total de la obra según surge del cociente obrante en el informe de fs. 11 del expediente 4112-7205/99, el porcentaje de subsidio que será absorbido por esta Municipalidad, quedando, en consecuencia, establecido en un sesenta y nueve por ciento (69%) el porcentaje que estará a cargo de las parcelas destinadas a viviendas y afectadas mediante la implementación del presente recupero de costos.

ARTICULO_5.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_6.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Municipal. Notifíquese, dese amplia difusión y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Economía y Hacienda.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 498/99