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Orden Interno - Resolucion 490/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O1
Orden Interno 


RESOLUCION 490/00

Expte. 4112-17.042/00

LA PLATA, 14 de junio de 2000.-

Visto el expediente 2914-188/00, iniciado por la Municipalidad de Villarino (Gobernación Pcia. de Bs.As.) caratulado “Sta. El envío de la disposición que incluye a los concejales dentro del universo de af. Obligatorios, debiéndose en consecuencia, descontarles el 4 ½ % de sus remuneraciones mensuales”, y,

CONSIDERANDO

Que a fojas 1 la Municipalidad de Villarino solicita el envío de la disposición que incluye a los concejales dentro del universo de afiliados obligatorios, debiéndose en consecuencia descontarse el 4 ½ % de sus remuneraciones mensuales.
Que a fs. 2/4 obra copia del dictamen 490 recaído en expediente 2914-5418/97, en el cual la Asesoría General de gobierno manifestó que  “.. resulta de aplicación la Ley 10.936, que reitera, aporta el marco interpretativo necesario para incluir a los concejales dentro del universo de afiliados obligatorios, sin que el lugar de residencia de los mismos pueda modificar dicha, situación, la que por otra parte, está comprendida en lo dispuesto por el art. 37 del Decreto 7881/84, resultando indispensable para ocupar el cargo de concejal que resida en el partido”.
Que a fojas 10 el Organismos Asesor en dictamen 0225 recaído en expediente 2914-188/00  “... ratifica en todos su término el dictamen que obra a fs. 2/4 y por lo tanto, de haberse adherido la Municipalidad de Villarino al régimen del I.O.M.A., los concejales de dicho municipio comprenderían el universo de afiliados obligatorios por formar parte de la estructura administrativa, y en consecuencia su diera se encuentra sujeta al descuento del 4 ½ % destinado a la cobertura asistencia (art. 13 ley 6982 T.O. Dto. 179/87)”;
Que a fs. 14, la Comisión de Asuntos Legales del Honorable Directorio, de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno en dictámenes citados que deben tenerse aquí por reproducidos, considera que conjuntamente con la decisión del presente caso, debe considerarse extensivo a todos los Municipios que adhieran al régimen del Instituto.
Que el Honorable Directorio en su reunión de fecha 3/5/00, según consta en Acta Nº 20 resolvió aprobar el dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Legales (fojas 14 vta.)

Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1.- Considerar comprendidos dentro del universo de afiliados obligatorios a los concejales de la Municipalidad de Villarino por formar parte de la estructura administrativa.

ARTICULO 2.- Considerar extensivo lo antes dicho a todos los Municipios que adhieran al régimen del I.O.M.A.

ARTICULO 3.- Regístrese. Notifíquese a la Municipalidad de Villarino. Comuníquese a la Asesoría General de Gobierno y a las Direcciones Generales de Administración y de Regionalización. Tomen conocimiento las Direcciones intervinientes en el presente. Dese a publicidad. Cumplido, achívese.-

RESOLUCION 490/00