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Estacionamiento - Decreto 462/96

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7 
Estacionamiento 


 DECRETO 462/96

TIGRE, 9 de mayo de 1996.-

VISTO:

   Las presentes actuaciones por las cuales la Cooperadora Única de los Centros de Salud de la Municipalidad de Tigre, solicita autorización de explotación comerciales de las playas de estacionamiento propiedad privada de esta Municipalidad, identificadas con los números 1 y 2, existentes  entre Avda. de las Naciones Unidas, y calles Bourdieu y Enciso, desde rotonda Juncal a rotonda Avda. Cazón,  y, 

CONSIDERANDO:

   Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el dictamen producido a fs.4 por la Asesoría Letrada.

   Que la importante labor desarrolla por la Cooperadora Única de los Centros de Salud de la Municipalidad de Tigre, en beneficio de la actividad que esta Municipalidad lleva adelante en materia de programas de salud, hace a la entidad peticionante merecedora de lo peticionado a los efectos de incrementar sus ingresos para ser volcados en el cumplimiento de sus objetivos.

   Que resulta procedente la inmediata puesta en vigencia del método propuesto, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, con cláusula de restitución inmediata, a los efectos de que el sistema de estacionamiento previsto en la Avda. de las Naciones Unidas comience a funcionar en forma inmediata y pueda evaluarse sus beneficios  y sus eventuales ajustes o mejoras.
  
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Apruébase y pónese en vigencia, ad referéndum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante,  el CONTRATO DE COMODADO celebrado con la Cooperadora Única de los Centros de Salud de la Municipalidad de Tigre, que seguidamente se transcribe:

Entre la Municipalidad de Tigre, representada en este acto por el titular del Departamento, Intendente Municipal  Contador Público Nacional Don Ricardo José Ubieto, en adelante LA MUNICIPALIDAD, con domicilio en Avda. Cazón 1514, Tigre, y la Cooperadora Única de los Centros de Salud de la Municipalidad de Tigre, representada en este acto por su presidente, Don Luis María Bernabé Puentes, en adelante LA COOPERADORA, con domicilio en la calle Bourdieu 460, de Tigre, convienen celebrar el presente contrato de comodato sujeto a las siguientes cláusulas, destinado a la explotación de las playas de estacionamiento del complejo urbanístico nueva estación ferroviaria y acceso de la Ruta Panamericana:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD concede  a LA COOPERADORA, autorización de uso y explotación económica de las playas de estacionamiento de vehículos, propiedad privada de la Municipalidad de Tigre, números uno y dos, existentes entre Avda. De las Naciones Unidas, y calles Bourdieu y Enciso, desde rotonda Juncal a rotonda Avda. Cazón.

SEGUNDA: LA COOPERADORA se compromete a la restitución de las playas de estacionamiento motivo del presente comodato, en el plazo máximo de treinta (30) días contados a partir de la notificación escrita emitida por LA MUNICIPALIDAD.

TERCERA: LA COOPERADORA solo podrá cobrar en concepto de derechos de uso de las playas de estacionamiento, los montos notificados con antelación y autorizados por la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Tigre.

CUARTA: LA MUNICIPALIDAD, por intermedio de la Dirección General de Tránsito, ejercerá en todo momento y en ambas playas de estacionamiento, el control del cumplimiento de las normas vigentes y el ejercicio de todos los actos emergentes de su poder de policía.

QUINTA: LA MUNICIPALIDAD se reserva el derecho de disponer en las playas de estacionamiento, la habilitación de zonas de uso oficial libre.

SEXTA: LA COOPERADORA no podrá subarrendar, autorizar, o pactar con terceros cualquier otra modalidad de uso de la playa de estacionamiento motivo de estos actuados, que no fuere exclusivamente para estacionamiento público.

OCTAVA: A los efectos emergentes del presente contrato de comodato, las partes fijan la jurisdicción de los Tribunales de San Isidro.

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en Tigre, a un día del mes de abril del año mil novecientos noventa y seis.

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Tránsito. Elévese al Honorable Concejo Deliberante.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 462