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Estacionamiento - Ordenanza 341/46

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7
Estacionamiento 


 ORDENANZA 341/46 

 

ARTICULO 1.- Autorízase al D.E. a la implantación del sistema de bloqueo de ruedas para inmovilización de los vehículos, que cometan infracciones de tránsito, en todo el ámbito del partido de Tigre.

ARTICULO 2.- El D.E. por intermedio de la Secretaría de Gobierno (Direcciones de Faltas y Tránsito), reglamentará la presente a fin de que el retiro del sistema de bloqueo se efectúe, únicamente, previo pago de la infracción cometida acorde a las normas vigentes con más de un 20% adicional, por el retiro del sistema de bloqueo.

ARTICULO 3.- Cumplimentado el pago de la multa y el adicional establecido en el artículo precedente, el retiro del sistema de bloqueo se hará previa acreditación fehaciente de la titularidad del vehículo, todo ello en un plazo no mayor de 48 horas. Vencido dicho término se procederá al traslado del vehículo a la playa de estacionamiento municipal, donde, a más de los requisitos precedentes deberá abonar los gastos por traslado y estadía.

ARTICULO 4.- Los infractores y/o propietarios del vehículo inmovilizado por este sistema no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización por daños y perjuicios, que pudiera ocasionarle la indisponibilidad del mismo y/o su exposición en la vía pública, quedando los riesgos bajo responsabilidad exclusiva del infractor, como así mismo todo perjuicio que pueda ocasionar a terceros.

ARTICULO 5.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.

 

SALA DE SESIONES, 22 de julio de 1986
FIRMADO: Coronel. Blefari.

PROMULGADA POR DECRETO 5585 del 12-8-86.

Reglamentada por Decreto 6837-87.