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Estacion Fluvial - Resolucion 302/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E8
Estacion Fluvial 


RESOLUCION 302/99

TIGRE,  12 de marzo de 1999.-

VISTO:

   Que esta Municipalidad toma a su cargo la Administración de la Estación Fluvial de Pasajeros, y,

CONSIDERANDO:

   Que resulta necesario ordenar el traspaso de jurisdicción y el reordenamiento de instalaciones en el nuevo edificio construido por la Municipalidad.

   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 1288/98

RESUELVE

ARTICULO 1.- Concédese un plazo de quince (15) días, a partir de su notificación,  a todos los ocupantes de instalaciones en la Estación Fluvial de Pasajeros, para que se identifiquen mediante nombre y apellido o razón social con acreditación de la misma, actividad que realiza y antecedentes contractuales, dejándose constancia que todos aquellos que deseen continuar arrendando un local en la nueva Estación Fluvial de Pasajeros “Domingo Faustino Sarmiento”, deberán en el mencionado plazo manifestar su voluntad en tal sentido, caso contrario se acreditará su desinterés perdiendo derecho a reubicación.

ARTICULO  2.- Lo expuesto en el artículo anterior deberá efectuarse mediante formalización de expediente, el cual dará fecha cierta al acto en cuestión.

ARTICULO  3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por el Ente Municipal de Turismo, el que notificará a Mesa de Entradas el inicio y cierre del plazo del artículo 1º.


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCIÓN N° 302/99