MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C15
Cementerios Municipales
ORDENANZA 273/60
ARTICULO 1.- Declárase de propiedad municipal la bóveda, designada con el Nº 23 del Cementerio local, para que descansen en ella los restos del Guerrero del Paraguay, Teniendo D. Ramón Chapa y sus descendientes directos, esposa e hijos a perpetuidad.
ARTICULO 2.- Hágase saber al encargado del Cementerio que debe velar con especial cuidado para que la referida bóveda se halle en todo momento en perfectas condiciones de limpieza y ornato, debiendo cuando sea necesario solicitar se efectúen los arreglos que la bóveda requiera.
ARTICULO 3.- Comuníquese a la Intendencia Municipal a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 20 de diciembre de 1960.
FIRMADO: Scotto, secretario. Bonomi, presidente.
PROMULGADA POR DECRETO 1555 DEL 26/12/60