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Habilitaciones Industrias - Ordenanza 220/97

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H5 
Habilitaciones Industrias 


 ORDENANZA 220/97 

TIGRE, 10 de marzo de 1997.-

VISTO:

   Que la Dirección General de Industrias y Política Ambiental, se encuentra estudiando en profundidad las radicaciones en el Partido de Tigre de los rubros dedicados al tratamiento de residuos especiales y/o patogénicos,  y, 

CONSIDERANDO:

   Que existiendo cuatro empresas radicadas con estos rubros, se encuentra cubierta las necesidades de las industrias generadoras de residuos hoy instaladas en Tigre, motivo por el cual resulta procedente la suspensión por el término de 360 días de nuevas radicaciones, lapso en el cual el estudio hoy encarado por la Dirección General de Industrias y Política Ambiental brindará los elementos de juicio necesarios para una decisión definitiva.
  
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO_1.- Suspéndese desde la fecha del presente y por el plazo de trescientos sesenta (360) días, la posibilidad de radicación en el Partido de Tigre de industrias que desarrollen actividades bajo el rubro “TRATAMIENTO DE RESIDUOS ESPECIALES Y/O PATOGÉNICOS”, por los motivos sustentados precedentemente.

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Industrias y Política Ambiental.


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 220/97