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Transito - Decreto 208/66

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T1
Transito 


DECRETO 208/66

TIGRE, 7 de noviembre de 1966.-

VISTO:

El proyecto de “normas generales para el ordenamiento del tránsito en las rutas de acceso a la Capital Federal” y realizado sobre el mismo un estudio técnico y exhaustivo, y,

CONSIDERANDO:

Que en la actualidad y dado el aumento notorio de rodados de tracción mecánica en circulación, se hace imprescindible dictar normas tendientes a regular en forma altamente eficiente, el tránsito automotor en las rutas y calles de jurisdicción del Municipio.

Que en la ciudad de Tigre, como zona de turismo, cuenta con gran afluencia de público y por ende de vehículos automotores, que hace que las autoridades comunales, se aboquen y adopten medidas tendientes a brindar al conductor las comodidades del tránsito y al peatón la seguridad corporal necesaria, por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1.- A partir de la fecha, reglamentase el tránsito automotor en el Partido de Tigre, de la siguiente forma;

PLANTA URBANA; (circundada por Río Tigre y las calle Williams, Ruta 197 y Alte. Brown).

CIRCULACIÓN:

a) Queda prohibida la circulación de vehículos de carga, excepto pick-up y camionetas, los días domingos y feriados, desde las 16 hasta las 22 horas las siguientes calles: Santa María desde Williams hasta Liniers, Rocha desde Liniers hasta  Passo y por esta hasta Cazón; Avda. Libertador General San Martín; Ministro Octavio S. Picco; General Mitre; Almte. Brown desde España hasta las v`´ias del F.C.G.M. (Estación Carupá); Liniers desde Paseo Victorica hasta Ruta 197; y durante las 24 horas del día en la Avda. Cazón.

b) Queda prohibida durante las 24 horas del día, la circulación de vehículos de tracción a sangre, incluyéndose bicicletas, triciclos a pedal y carro de mano en las calles mencionadas en a).

c) Queda prohibido en la Avda. Cazón, Avda. Santa María y Avda. Rocha, el giro a la izquierda.

d) Fíjase la velocidad máximo de 40 Km. Por hora.

e) Los vehículos de transporte público de pasajeros, deberán circular encolumnados, prohibiéndose el adelanto de cualquier forma, en las siguientes arterias; Avda. Cazón desde Montes de Oca a Bourdieu, Ministro Octavio S. Picco, General Mitre y Avda. Libertador General San Martín y Liniers.

ESTACIONAMIENTO:

f) Prohíbese el estacionamiento, durante las 24 horas del día en las siguientes calles; Santa María desde Williams hasta Liniers, Avda. Rocha dese Liniers hasta Passo y por esta hasta Cazón, Almte. Brown desde Españá hasta vías del F.C.G.B.M. (Estación Carupá), Avda. Libertador General San Martín, José C. Paz desde Liniers hasta Santa María e Italia desde Bourdieu hasta General Mitre. En Avda. Cazón se permite el estacionamiento sobre la numeración impar, desde lunes a viernes, durante las 24 horas y el sábado hasta las 13 hs., quedando prohibido el mismo a partir de las 13 hs. del sábado hasta el domingo a las 24 hs., como así los días feriados. Las operaciones de carga y descarga en dichas calles, serán permitidas los días hábiles desde las 00;00 hs a 09:00 hs.

ZONA SUBURBANA:

CIRCULACIÓN:

g) Prohíbese en las rutas 187, 9, 202 y Avda. Henry Ford, Avda. Benavidez, Avda. Palma y Avda. Santa María y Palma hasta Williams, Avda. Boulogne Sur Mer, la circulación de vehículos de carga excepto pick-up y camionetas, los días domingos y feriados desde la 16 a 22 horas.
h) Queda prohibido durante las 24 horas del día la circulación de vehículos de tracción a sangre, incluyendo bicicletas, triciclos a pedal y carros de mano, en los lugares mencionados en el apartado g)
i) Fíjase como velocidad mínima en 40 Km.. p/hora y como máxima en 70 Km.p/hora, en las rutas, caminos y calles de enlace y/o acceso mencionados en g).
j) En la ruta 197 y Uruguay, ruta 197 y circunvalación, ruta 197 y Boulogne Sur Mer Ruta 197 y 9 (cruce) ruta 197 y Groussac, Ruta 202 y Boulogne Sur Mer, los vehículos del transporte público de pasajeros, deberán circular encolumnados, prohibiéndose el adelante en cualquier forma.

ESTACIONAMIENTO:

k) Queda prohibido el estacionamiento de vehículos sobre las rutas, calles y dársenas sancionadas en g) y por causa de fuerza mayor, solo lo podrán hacer sobre las banquinas y sin obstruir el tránsito automotor alguno, durante las 24 horas del día. Las operaciones de carga y descarga en dichos lugares, serán permitidas los días hábiles desde las 00;00 hs. hasta las 09:00 horas.

ARTÍCULO 2.- La Secretaría de Obras Públicas y Urbanismo y dentro de las posibilidades existentes, procederá a la construcción de dársenas, en las rutas y caminos en jurisdicción de esta Comuna  y siempre que las banquinas lo permitan, a fin de que el transporte públicos de pasajeros estaciones para el ascenso y descenso de pasajeros.

ARTÍCULO 3.- (Artículo 3° derogado por Decreto 1416/66)
Declárase mano única a la calle Cazón desde Gral. Mitre –Enciso hasta Bourdieu, permitiéndose el estacionamiento permanente sobre la numeración impar y en 45º sobre el cordón de la acera.

ARTÍCULO 4.- Por la Secretaría de Obras Públicas y Urbanismo se procederá a la confección y colocación de los carteles indicadores correspondientes.

ARTÍCULO 5.- Derógase toda otra disposición que se oponga al presente Decreto.

ARTÍCULO 6.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios Interinos y Gobierno y cultura y Obras Públicas y Urbanismo.

ARTÍCULO 7.- Dése al R.M. Comuníquese. Publíquese y Cúmplase.

 

FIRMADO: Coronel R.E. Federico Augusto Rubio. Intendente Municipal.
Tcnel. R.E. Alberto Fernández, Secretario de Gobierno y Cultura Interino.
René Alfredo Bäumler, Secretario de Obras Públicos y Urbanismo, Interino.
DECRETO 208/66

 

DECRETO 773/67

TIGRE, 8 de septiembre de 1967.-

VISTO:

La modificación del Decreto 208/66 propuesta por la Dirección de Inspección General, en lo concerniente únicamente al horario de carga y descarga establecido en el inciso f) del referido Decreto.

La necesidad de proceder a un reordenamiento en ese sentido, y,

CONSIDERANDO:

Que dicha medida es de vital importancia a fin de no entorpecer el normal desenvolvimiento de la actividades comercial dentro del Partido, por tratarse de zonas de turismo y por ende de gran influencia en dicho sector, por lo cual, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1.- A partir de la fecha reglaméntase el horario de carga y descarga, modificando el inc. f) del Art. 1º del Decreto 208/66, de la siguiente forma:

a) Prohíbese el estacionamiento durante las 24 horas del día en las siguientes arterias: Santa María desde Williams hasta Liniers, Avda. Rocha desde Liniers hasta Passo y por esta hasta Avda. Cazón; Almte. Brown desde España hasta vías del F.C.G.B.M. (Estación Carupá), avda. del Libertador General San Martín: José C.Paz desde Liniers hasta Santa María e Italia desde Bolurdieu hasta General Mitre. En Avda. Cazón se permite el estacionamiento sobre la numeración impar, desde lunes a viernes, durante las 24 horas y el sábado hasta las 18:00 horas, quedando prohibido el mismo a partir de las 18:oo horas del sábado hasta el domingo a las 24 horas. Como así también los días feriados. Las operaciones de carga y descarga serán permitidas los días hábiles desde las 00,00 horas hasta las 14:00 horas.

ARTÍCULO 2.- Por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos se procederá a la confección y colocación de los carteles indicadores correspondientes.

ARTÍCULO 3.- Derógase toda otra disposición que se oponga al presente Decreto.

ARTÍCULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 5.- Dése al R.M. Comuníquese. Publíquese y cúmplase.

 

FIRMADO: Cnel R.E. Federico Augusto Rubio Intendente Municipal
Tcnel. R.E. Alberto Fernández, Secretario de Gobierno y Cultura.
Arq. Enrique M. Laspé, Secretario de Obras y Servicios Públicos.
DECRETO 773/67.-

 


DECRETO 1416/68

TIGRE, 18 de julio de 1968.-

VISTO:

La nota elevada por la Dirección de Inspección General con motivo del cambio de mano realizado en el tránsito automotor que circula por las calles de este Partido, y,

COLNSIDERANDO:

Necesario proceder a la modificación del Decreto Nº 208/66, dictado por el D.E. con fecha 7-11-66, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1.- Déjase sin efecto el art. 3º del Decreto 208/66, por el cual se declaraba mano única a la calle Cazón desde General Mitre-Enciso hasta Bourdieu y se permitía el estacionamiento permanente sobre la numeración impar y en 45º sobre el cordón de la acera.

ARTÍCULO 2.- Habilítase como “mano” y “contramano” las calles Montes de Oca, en el tramo comprendido desde Avenida Cazón a Rocha y Solis desde la Avda. Cazón a Enciso.

ARTÍCULO 3.- La Secretaría de Obras y Servicios Públicos procederá a la confección y colocación de los carteles indicadores correspondientes.

ARTÍCULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 5.- Dése al R.M. Comuníquese y para su cumplimiento pase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y a la Dirección de Inspección General. Publíquese.

FIRMADO: Cnel. R.E. Ernesto Sanchez Reynafe. Intendente Municipal.
DECRETO 1416 DEL 18 de julio de 1968.-