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Convenios -Ordenanza General 191

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
Convenios 


 ORDENANZA GENERAL 191 

La Plata, 21 de diciembre de 1976.



Considerando:

Que la Ordenanza General N°131 del 31 de diciembre de 1971 autorizó a los intendentes municipales a suscribir convenios con el Ministerio de Bienestar Social de la provincia de Buenos Aires para la realización de trabajos de construcciones, refacciones y/o conservación de edificios públicos y otras tareas, en forma concordante con lo dispuesto por el decreto 641 del 18 de octubre del mismo año.

Que se aprecia que es de interés actualizar el régimen que aquélla estableciera, para posibilitar el desarrollo de una acción descentralizada, eficiente y coordinada con las municipalidades en las materias objeto de dichos convenios.

Por ello el Gobernador de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio de las facultades de los departamentos deliberativos municipales, sanciona con fuerza de -

ORDENANZA GENERAL

PARA TODOS LOS PARTIDOS DE LA PROVINCIA

ARTICULO 1°: Autorízase a los intendentes municipales a suscribir convenios con el Ministerio de Bienestar Social de la provincia de Buenos Aires, para la realización de trabajos previstos en el decreto 641 del 18 de octubre de 1971.

ARTICULO 2°: Los convenios que las municipalidades suscriban con el Ministerio de Bienestar Social de la provincia de Buenos Aires a los fines indicados en el artículo precedente, se deberán ajustar al modelo tipo que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza General.

ARTICULO 3°: Convalidanse los convenios firmados por los intendentes municipales con anterioridad a la sanción de la presente Ordenanza General, que se refieran a la materia que es motivo de ella.

ARTICULO 4°: Cuando los trabajos incluidos en los convenios se realicen por administración, para la inversión de los fondos que se reciban como consecuencia de la suscripción de los mismos, se ampliará el Cálculo de Recursos vigente incorporando el rubro “Convenio con Ministerio de Bienestar Social de la Provincia para la realización de trabajos previstos en el decreto 641/71” en la Sección....., Sector....., Inciso....., “Otros Ingresos no Tributarios”. Correlativamente se ampliarán las partidas pertinentes del Presupuesto de Gastos, cuidando, en el caso de la partida “Personal Jornalizado” de adecuar el número de jornales al crédito que, en definitiva, se le asigne.

Cuando los trabajos no se realicen por administración, para la inversión de los fondos que se reciban, se autoriza a los intendentes municipales a constituir una cuenta especial que se denominará “Convenio con el Ministerio de Bienestar Social de la Provincia” para la realización de trabajos previstos en el decreto 641/71.

ARTICULO 5
°: Cúmplase, regístrese, publíquese en el "Boletín Oficial" y comuníquese a todas las municipalidades.

Publicada en el "Boletín Oficial" el 29 de diciembre de 1976.

A N E X O  I

Entre el Ministerio de Bienestar Social de la provincia de Buenos Aires, representado por el señor Ministro .............................................................................., por una parte, y la Municipalidad de .............................................................., representada por el señor Intendente Municipal ............................................................. por la otra, se acuerda la realización de las obras que se enumeran en los artículos siguientes, conforme al régimen que se establece en el decreto número 641/71;

PRIMERO: El Ministerio de Bienestar Social, encomienda a la Municipalidad de .................................................. la realización de los trabajos de ............................................
.........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................
por los montos que se establecen en la planilla-presupuesto que eleva la Municipalidad y que se agrega como anexo del presente convenio.

SEGUNDO: El Ministerio de Bienestar Social entregará a la Municipalidad de ................................... las sumas presupuestadas para las obras en las siguientes formas: el ..........% dentro de los quince (15) días de suscripto el presente; el ........ % a los cuarenta y cinco (45) días, y el ....... % restante, dentro de los sesenta (60) días de la fecha de finalización de la obra.

TERCERO: Las obras deberán realizarse en un todo de acuerdo con la documentación que apruebe o elabore en su caso el Ministerio de Bienestar Social.

CUARTO: La Municipalidad asume todas las responsabilidades emergentes de la contratación, dirección y cuando sea el caso, del proyecto de las obras. El Ministerio deberá supervisar los trabajos, pudiendo ordenar su suspensión por el tiempo necesario en caso de comprobarse deficiencias en las mismas.

QUINTO: Las obras serán recibidas en cada caso por la autoridad que designe el Ministerio, la que, conjuntamente con los funcionarios de la Municipalidad y en su caso con los del contratista interviniente, efectuarán las verificaciones y suscribirán la documentación pertinente. En caso de comprobarse deficiencias, deberán ser subsanadas dentro de los plazos que se fijen, bajo apercibimiento de hacerse cargo la Municipalidad por los importes que fueren necesarios para realizarlas.

SEXTO: Es condición esencial en el presente convenio, la inspección final por parte de la Municipalidad y del Ministerio de Bienestar Social.

SEPTIMO: Las cláusulas de garantía están establecidas como condición del presente contrato.

OCTAVO: En garantía del correcto cumplimiento de las obligaciones que asume la Municipalidad, la Provincia se reserva el derecho de afectar la participación que le corresponde en el producido de los impuestos y tasas provinciales.

En fe de conformidad se suscribe el presente en dos ejemplares de un solo tenor en la ciudad de La Plata, a los .................. días del mes de ....................................del año..............