logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Transporte - Ordenanza 187/92

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T10
Transporte Fletes


 ORDENANZA  187/92 

TIGRE, 28 de enero de 1992.-


VISTO

  El informe producido por la Dirección General de Tránsito dando cuenta que las normas vigentes para regular el servicio de taxi permiten automotores con mas de veinte años de antigüedad, mientras que el Decreto 3870/71 para los servicios denominados “autos al instante”, “remises” y “fletes al instante”, establece que las unidades no podrán superar los doce años de antigüedad, y,

CONSIDERANDO

  Que no existe en la actualidad justificativo para mantener esta diferencia de criterio, correspondiendo en consecuencia modificar el Decreto 3870/71, poniendo en vigencia similares medidas a las establecidas en la Ordenanza 662/87, con las modificaciones introducidas por las Ordenanzas 715/88 y 780/88, para el servicio de automotores con taxímetro.

  Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1.- A partir de la fecha del presente, los automotores comprendidos en el régimen del Decreto 3870/71, denominados “autos al instante”, “remises” y “fletes al instante”, podrán habilitarse con la antigüedad que seguidamente se detalla y bajo las condiciones que en cada caso se exponen:

1. Automotores hasta 15 años de antigüedad: siempre y cuando el control técnico municipal que se realizará semestralmente determine buenas condiciones de uso y seguridad.
2. Automotores con más de 15 años de antigüedad y hasta 20 años: siempre y cuando el control técnico municipal que se realizara trimestralmente determine buenas condiciones de uso y seguridad.
3. Automotores con más de 20 años de antigüedad: solo excepcionalmente podrán autorizarse cuando la inspección técnica trimestral determine buenas condiciones de conservación de la unidad y garantía de seguridad de los mismos.

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto //LETRA NUMERO//
//CATEGORIA//


//ORDENANZA//

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Verifíquese su cumplimiento por intermedio de la Dirección General de Tránsito.-

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hiram Gualdoni, Intendente Intgerino.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 187/92