logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Convenios - Ordenanza General 149

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto  C7 
Convenios 


 ORDENANZA GENERAL 149

La Plata, 25 de agosto de 1972.



Visto:

El decreto 3.368 de la fecha 28 de junio de 1972 por el que se autoriza a los ministerios de la provincia de Buenos Aires a encarar por sí o por convenios con las comunas, la realización de obras de reparación y mantenimiento contenidas en el Anexo I del decreto 12.068/68, y

Considerando:

Que el proyecto de convenio con el citado decreto aprueba, comporta una solución para los problemas que, en especial, deben enfrentar los municipios.

Por ello, el Gobernador de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio de las facultades de los departamentos deliberativos municipales, sanciona con fuerza de

ORDENANZA GENERAL

PARA TODOS LOS PARTIDOS DE LA PROVINCIA


ARTICULO 1°: Facúltase a los señores intendentes a suscribir con los ministerios de la Provincia, el proyecto de convenio que fuera aprobado por decreto 3.368/72, para la realización de trabajos de refección y mantenimiento contenidos en el Anexo I del decreto 12.068/68, cuyo texto es el siguiente:

“Entre el Ministerio de .............................................., representado por el señor Ministro ........................................................., por una parte, y la Municipalidad de................................................................, representada por el señor Intendente Municipal don ……………………………….., por la otra, se acuerda la realización de las obras que se enumeran en los artículos siguientes, conforme al régimen que se establece en el decreto................................... :

PRIMERO: El Ministerio de .............................................. encomienda a la Municipalidad de .................................................................. la realización de los trabajos de .............................................................. por los montos que se establecen en la planilla-presupuesto que eleva a la Municipalidad y se agrega como Anexo al presente convenio.

SEGUNDO: El Ministerio de ............................................... entregará a la Municipalidad de .................................................................. las sumas presupuestadas para las obras en las siguientes formas: el ....... % dentro de los quince (15) días de suscrito el presente; el ...... % a los cuarenta y cinco (45) días y el ...... % restantes, dentro de los ..... días de la fecha.

TERCERO: Las obras deberán realizarse en un todo de acuerdo con la documentación que apruebe o elabore en su caso el Ministerio que ordena la obra.

CUARTO: En caso que la obra se contrate con la Municipalidad, ésta asume todas las responsabilidades emergentes de la contratación, dirección y cuando sea el caso, del proyecto de obras. El Ministerio comitente deberá supervisar los trabajos, pudiendo ordenar su suspensión por el tiempo necesario en caso de comprobarse deficiencias en las mismas.

QUINTO: Las obras serán recibidas en cada caso por la autoridad que designe el Ministerio comitente, la que, conjuntamente con los funcionarios de la Municipalidad y en su caso, con los del contratista interviniente, efectuará las verificaciones y suscribirá la documentación pertinente. En caso de comprobarse deficiencias, deberán ser subsanadas dentro de los plazos que se fijen.

SEXTO: Es condición esencial en el presente convenio, la inspección final por parte de la Municipalidad y el Ministerio comitente.

En fe de conformidad se suscribe el presente en dos ejemplares de un mismo tenor en la ciudad de La Plata, a los ......... días del mes de ...................... del año .............

ARTICULO 2°: Para el ingreso y egreso de los fondos, el Departamento Ejecutivo procederá conforme con lo previsto en la Ordenanza general N° 99.

ARTICULO 3°: Cúmplase, regístrese, publíquese en el “Boletín Oficial” y comuníquese a todas las municipalidades.



Publicada en el “Boletín Oficial” el 28 de setiembre de 1972.