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Convenios - Decreto 142/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7
Convenios 


                 DECRETO 142/95

                           TIGRE, 14 DE FEBRERO DE 1995


VISTO:

   El convenio propuesto por la empresa  EDENOR S.A., ofreciendo sin cargo la cantidad de seis mil KW. de consumo anual correspondiente al sistema de iluminación del río Luján, y,

CONSIDERANDO:

   Que el tema queda comprendido en el marco de la Ordenanza Nº 1329/92, promulgada por Decreto Nº22.304/92, que faculta a este Departamento Ejecutivo a celebrar "CONVENIOS DE COLABORACION".

   Que la propuesta de la empresa EDENOR S.A. resulta conveniente a los intereses municipales y que no existe impedimento para la instalación de los carteles pretendidos en compensación.

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTICULO_1º Apruébase el CONVENIO DE COLABORACION, en el marco de la Ordenanza Nº 1329/92, cuya copia forma parte integrante del presente,  con la empresa EDENOR S.A., por el cual se provee a esta Municipal sin cargo la cantidad de seis mil (6.000) KW. de consumo anual del sistema de iluminación del río Luján en el sector ribereño del Paseo Victorica, autorizándose en compensación la exhibición de carteles publicitarios exentos de  pago de la Tasa por Publicidad y Propaganda.

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Notifí-quese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Gobierno. Elévese a conocimiento del Honorable Concejo Deliberante.


FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.

DECRETO Nº  142/95


CONVENIO DE COLABORACIÓN
EDENOR - MUNICIPALIDAD DE TIGRE


Entre la EMPRESA EDENOR S.A., en adelante EDENOR, representada en este acto por el Ingeniero JAVIER JUVILLA, Director Operativo de  Zona Olivos de la empresa EDENOR S.A., con domicilio en Maipú 2502, Olivos, y la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, en adelante LA MUNICIPALIDAD, representada en este acto por el señor Intendente Municipal, Contador RICARDO JOSÉ UBIETO, con domicilio en Avda. Cazón 1514, de Tigre, se celebra el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, en el marco de la Ordenanza 1329/92, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: EDENOR proveerá, sin cargo para la MUNICIPALIDAD, la cantidad de seis mil (6.000) KW de consumo anual, correspondiente al sistema de  iluminación del Río Luján, sector ribereño del Paseo Victorica.

SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD, en compensación, autoriza la exhibición de un cartel en la confluencia de los ríos Tigre y Luján, y otros a determinar en el Paseo Victorica, anunciando la actividad comercial y la presente colaboración de la empresa EDENOR S.A., en tamaño y texto a convenir, con exención de pago de la Tasa por Publicidad y Propaganda.

En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares del mismo tenor, en Tigre, a los      días del mes de diciembre de 1994.
cot7