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Via Publica - Decreto 133/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V1
Via Publica


 DECRETO 133/98

TIGRE, 16 de febrero de 1998.-

VISTO:

   Que a fs. 22 la Secretaría de Obras Públicas informa haber autorizado a la firma PALACE S.R.L. la construcción de una baranda de protección en la línea divisoria de la acera con el cordón de la Avda. Cazón, frente al comercio habilitado en Avda. Cazón  1519, Tigre, rubro bar y restaurante,      y, 

CONSIDERANDO:

   Que dicha construcción se realizó a costo cubierto por el particular solicitante, con la supervisión de la Secretaría de Obras Públicas y en su aspecto técnico y estético es similar a las construidas por esta Municipalidad en la mencionada Avda. en sectores de la rotonda de Avda. De las Naciones Unidas y calle Mitre.

   Que este Departamento Ejecutivo aprueba lo actuado por la Secretaría de Obras Públicos, siendo en consecuencia procedente su convalidación.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


DECRETA

 

ARTICULO_1.- Convalídase la autorización concedida por la Secretaría de Obras Públicas a la firma PALACE S.R.L., con relación a la construcción de una baranda de protección efectuada en la vía pública, límite de acera con cordón de Avda. Cazón, frente al Nº 1519, Tigre, similar a la existente en dicha avenida y rotonda de Avda. De las Naciones Unidas y calle Mitre.

ARTICULO 2.- La firma PALACE S.R.L. deberá presentar, a satisfacción de la Secretaría de Economía y Hacienda, un seguro que cubra la responsabilidad civil emergente, asumiendo toda la responsabilidad sobre los hechos que puedan originarse por la permanencia de la baranda construida en la vía pública.

ARTICULO 3.- La Municipalidad se reserva el derecho de disponer el retiro de la baranda autorizada cuando razones de interés público así lo aconsejen, sin que tal medida de lugar a reclamos o indemnizaciones de ninguna especie, siendo en tal oportunidad obligación de la firma PALACE S.R.L. la restitución de la vereda al estado original.

ARTICULO_4.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Economía y Hacienda.- Por Área Tasas de Industrias y Comercios percíbanse los derechos que correspondieren en concepto de ocupación de la vía pública.


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 133/98