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Puentes - DECRETO 6/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P8
Puentes


DECRETO 6/98

Corresponde expte. 4112-58/98.-
TIGRE, 8 de enero de 1998.-

 

VISTO:

   El informe producido por la Subsecretaría Coordinadora de Planta Urbana, Rincón de Milberg, Benavidez y Dique Luján, sobre la destrucción del puente peatonal levadizo en el Canal Villanueva, producto de la intensidad del caudal de agua que desagotó el mencionada canal por la intensa lluvia del día 26 de diciembre de 1997, (146 mm), arrastrando camalotes que destruyeron las bases y derrumbaron el puente, y,

CONSIDERANDO:

   Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo actuado por la mencionada Subsecretaría, debiendo procederse al desmantelamiento de los restos del puente y a la construcción de uno nuevo con sistema de protección contra camalotes.

   Que el caso se encuadra en el artículo 132, inciso e, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que textualmente se transcribe:

ARTICULO Nº 132 - La ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo. En las realizaciones mediante consorcios, convenios y demás modalidades, su intervención será obligatoria.
Las obras públicas que se realicen por contratos con terceros, aún aquellas respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo, podrán contratarse directamente sin tal requisito cuando:
....
e) Se trate de trabajo de urgencia reconocida u obedezcan a circunstancias imprevistas que demanden una inmediata ejecución.
...
   Que el puente debe reconstruirse con suma urgencia, toda vez que su falta produce la incomunicación terrestre de la localidad de Dique Luján con el resto del Partido de Tigre, debiendo sus pobladores dirigirse al Partido de Escobar para acceder a medios de transporte.
  
   Que en tal sentido la Subsecretaría Coordinadora de Planta Urbana, Rincón de Milberg, Benavidez y Dique Luján ha requerido presupuestos que de su comparación surge como mas conveniente a los intereses municipales la oferta del señor Rodolfo Sergio Pierani, por la suma total de $ 41.929,00.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

 

ARTICULO_1.- Convalídase lo actuados por la Subsecretaría Coordinadora de Planta Urbana, Rincón de Milberg, Benavidez y Dique Luján en el expediente 4112-58/98, y contrátase, en el marco del art. 132, inciso e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, al señor Rodolfo Sergio Pierani, CUIT 20-16996279-1, con domicilio en Río Carapachay 141, Primera Sección de Islas del Delta del Paraná,  por la suma de pesos cuarenta y un mil novecientos veintinueve ($ 41.929,00), la obra construcción de un nuevo puente peatonal levadizo en el canal Villanueva, Dique Luján, con desmantelamiento del puente existente y construcción de un sistema de protección contra los camalotes, conforme a la siguiente descripción, dejándose constancia que el monto incluye flete, carga y descarga:
Puente de 65 metros de largo por 1,20 metros de ancho con una pasarela central levadiza de 6,50 metros de largo por 1,00 metro de ancho, dos rampas de acceso con una inclinación no mayor al 20%. La altura de este será igual a la parte mas alta del anterior, estimada en aproximadamente 6,00 metros entre el piso de la pasarela y el lecho del río en el canal central; los caballetes serán colocados a una distancia tal de ofrecer la menor resistencia al paso de los camalotes. Se construirá un sistema tendiente a disminuir la velocidad del camalotal y de derivarlos hacia la parte central del puente, donde el espacio entre caballetes será mayor. El piso de la pasarela y del puente levadizo será de alta resistencia.
PRIMERA ETAPA: Desmantelamiento del puente existente.
SEGUNDA ETAPA: Construcción del nuevo puente.
TERCERA ETAPA: Construcción de sistema de defensa contra camalotes.
Para la construcción del nuevo puente se utilizará madera de ANCHICO COLORADO EXCLUSIVAMENTE, salvo en la parte del pasillo levadizo, donde se aprovechará la estructura existente de hierro.
Las medidas a utilizar son las siguientes:
            Piquetes de 4” x 6” x 6 metros.
            Piquetes de 4” x 8” x 7 metros.
            Piquetes de 3” x 8” x 6 metros.
           Crucetas de 3” x 6”.
           Travesaños de 3” x 6”
           Diagonales de 3” x 5”
           Largueros de 3” X 6”
           Balaustres de 4” x 4” cepillados
           Pasamanos 3” x 4”
           Doble alfajía de 1½” x 3” cepilladas.
           Piso de 1½” x 4” biselado en ambos lados.
Para la construcción del sistema de protección contra camalotes se utilizarán postes de Eucalyptus creosotados o similar tratamiento, de aproximadamente 7 metros de largo con diámetros estandarizados, que llevarán una cruceta de Anchico Colorado.
Bulones, tuercas, arandelas, varillas roscadas y clavos inoxidables.
Eslingas de acero y poleas.
PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA: cuarenta y cinco (45) días para las tres etapas.
SEGURO: Por el personal en obra y por riesgos hacia terceros durante la ejecución de la misma, a cargo del señor Rodolfo S. Pierani.

ARTICULO 2.-  Encomiéndase a la Subsecretaría Coordinadora de Planta Urbana, Rincón de Milberg, Benavidez y Dique Luján, el depósito de los materiales provenientes del desmantelamiento del puente destruido, a disposición de la Dirección Provincial de Hidráulica o de quien resulte legítimo dueño o para ser reutilizado en trabajos públicos conforme Ordenanza 90/78.

ARTICULO 3.- Encomiéndase a la Contaduría Municipal la imputación del gasto motivo del presente en la partida específica del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 4.- Encomiéndase a la Secretaría de Obras Públicas las gestiones que correspondieren ante las autoridades de la Dirección Provincial de Hidráulica o dependencia competente.-

ARTICULO_5.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_6.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Subsecretaría Coordinadora de Planta Urbana, Rincón de Milberg, Benavidez y Dique Luján. Intervenga la Contaduría Municipal y la Secretaría de Obras Públicas.-


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Arq. Hiram Gualdoni, Intendente Interino.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 6/98