MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7
Estacionamiento
ORDENANZA Nº53/58
ARTICULO 1.- Queda terminantemente prohibido en la Avda. Cazón en toda su extensión el estacionamiento de colectivos, carros y/o camiones, salvo aquellos que justifiquen tener que efectuar operaciones de carga o descarga.
ARTICULO 2.- A partir de las 13 horas de los días sábados y hasta las cero horas del día lunes, y los días feriados nacionales, solamente será permitido el estacionamiento de vehículos no especificado en el Art. 1º sobre la acera de los números pares.
ARTICULO 3.- El D.E. hará fijar en lugares visibles, carteles indicadores de la presente Ordenanza, con la fijación de las multas que se determina a continuación.
ARTICULO 4.- Se multará con $ 100 m/n el estacionamiento indebido en la Avda. Cazón.
ARTICULO 5.- Derógase toda Ordenanza anterior sobre estacionamiento o que se opongan a la presente.
ARTICULO 6.- Comuníquese a la Intendente Municipal a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 26 de septiembre de 1958.