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Dictamen Nº37

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D13
Dictamenes


DICTAMEN Nº37 

Cpde. Expte. 4112-12.884/00

 

Señor Secretario de Gobierno: Entiende esta Asesoría que la Ley 7412 y la Ordenanza General 124, han quedado tácitamente derogadas a partir de la sanción de la ley 12.391, toda vez que esta crea un organismo específico, la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo Deportivo, con las funciones que se desprenden de su artículo 3º, y destinado a regular la actividad.
Siendo ello así, teniendo en cuenta la escasa regulación que ha merecido la intervención Municipal, y hasta tanto no se reglamente la norma en cuestión, la competencia de los Municipios ha quedado ceñida a conformar las solicitudes y acordar, con la Subcomisión de Control dependiente de la Comisión mencionada, las medidas a adoptar para la realización de las competencias de marras.


ASESORÍA LETRADA, 8 DE FEBRERO DE 2000. FIRMADO: Dr. Vicente R. Pla, Asesor Letrado.