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Orden Interno - Decreto 35/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O1 
 Orden Interno

DECRETO  35/99

TIGRE, 13 de enero de 1999.-


VISTO:

La necesidad de que por intermedio de las Secretarías Municipales se lleven a cabo programas de trabajos de carácter eventuales, necesarios para complementar las prestaciones que se realizan por intermedio del personal de “planta permanente”, y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde formular los distintos programas que se desarrollarán durante el año 1999, a los efectos de que las dependencias competentes en cada caso adopten las providencias que fueren necesarias para dar oportuno cumplimiento a los mismos, así como realizar las previsiones presupuestarias para las erogaciones en “planta temporaria”.

Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las facultades conferidas por la Ley 11.757


D E C R E T A

ARTICULO 1.- Fíjase con carácter complementario del plan de trabajos que la Secretaría de Gobierno ejecutará en el año 1999, los programas que seguidamente se detallan:

a) Programa Digesto Municipal: destinado a ordenar la documentación de los archivos de la Dirección de Despacho General y Digesto, para la posterior digitalización (por scanner), lo que debe efectuarse en forma paralela a la realización de los trabajos habituales del mencionado sector.

b) Programa de deportes: destinado a promocionar competencias deportivas de distintas disciplinas, que por su índole no pueden ser organizadas y controladas por el personal del Grupo APT, atento su carácter eventual.

c) Programa de cultura: destinado a promocionar actividades culturales, cursos, difusión cultural en escuelas, etc., que por su índole eventual no pueden ser organizadas y controladas por el personal del Grupo APT.

d) Programa de apoyo al ejercicio del poder de policía: destinado a llevar a cabo operativos eventuales y extraordinarios que por su envergadura supera a la cobertura existente en planta permanente, mediante la cual se ejerce el poder de policía municipal en la vía públicas, comercios, industrias y cementerios municipales

e) Programa Puerto de Frutos: destinado a operativos de control, similares a los del programa de apoyo al ejercicio del poder de policía, dentro del Mercado de Frutos de Tigre, atento el carácter eventual de la Feria de Interés Turístico y de las operaciones de control extraordinario que la misma impone.

f) Programa Apoyo a la Infraestructura Turística: Destinado a la realización de todo tipo de cursos y actividades destinadas a mejorar la infraestructura turística del Partido de Tigre.

g) Programa Administración de Núcleos Habitacionales: Destinado a la realización de todo tipo de actividades que surgen de la necesidad de administrar los núcleos habitacionales existentes en el Partido de Tigre, tanto en el aspecto mantenimiento como de control

h) Programa Actos Oficiales: Destinado a la realización de todo tipo de actividades extraordinarias necesarias para cubrir los trabajos propios de los actos oficiales, en lo que respecta a locutores, promoción, invitaciones, etc.

ARTICULO 2.- Fíjase con carácter complementario del plan de trabajos que la Secretaría de Economía y Hacienda ejecutará en el año 1999, los programas que seguidamente se detallan:

a) Programa regularización de deudas: destinado a cubrir los servicios necesarios de promoción y contacto con los deudores de tasas municipales, ofreciendo los planes vigentes para regularizar, tareas éstas que no pueden realizarse con planta permanente atento el carácter eventual y extraordinario de cada plan.-

b) Programa verificación impositiva: destinado a campañas eventuales de verificación de pago de Tasas,.

c) Programa cajeros: destinado  al apoyo del personal de planta permanente que se desempeña como cajeros, en aquellas oportunidades de incremento de ingresos como consecuencia de la ejecución de los programas mencionados en los incisos a) y b).
 
ARTICULO 3.- Fíjase con carácter complementario del plan de trabajos que la Secretaría de Salud ejecutará en el año 1998, los programas que seguidamente se detallan:

a) Programa Defensa Civil: destinado a realizar tareas eventuales y extraordinarias en programas de prevención  propios de la defensa civil, especialmente los destinados a paliar las consecuencias de inundaciones por crecientes del río de La Plata.

b) Programa S.E.T.: destinado cubrir necesidades del Servicios de Emergencia Tigre, que por su carácter eventual o extraordinario, quedan fuera del espectro de prestaciones comunes y corrientes a cargo del personal de planta permanente.-

c) Programa guardias médicas: destinado a reforzar los servicios que se prestan en los Centros de Salud, disponiendo de personal temporario para cubrir guardias que atiendan todo tipo de emergencias médicas.

d) Programa preventivo: destinado a realizar operativos extraordinarios en tiempo, lugar y modo que las posibilidades de alteración de la salud público lo exijan, intensificando las campañas básicas organizadas con personal de planta permanente. 

e) Programa de acción social: destinado a reforzar los trabajos básicos a cargo de la Dirección General de Acción Social, cuando las circunstancias exijan un incremento de personal para atender situaciones extraordinarias.

ARTICULO 4.- Fíjase con carácter complementario del plan de trabajos que la Secretaría de Servicios Municipales ejecutará en el año 1999, los programas que seguidamente se detallan:

a) Programa de zanjeo: destinado a realizar trabajos eventuales y extraordinarios, en sectores que deben  ejecutarse en el menor tiempo posible, los cuales no pueden realizarse con personal del Grupo OMS, por la lenta operatividad que pone en peligro el normal escurrimiento de las aguas en caso de incremento por lluvias, mareas, temporales, etc.

b) Programa de corte de pasto: destinado a atacar en forma masiva el corte de pastos, desmalezamientos, etc., en determinadas épocas afectadas por crecimiento estacional.

c) Programa de Colocación de caños: destinado a complementar el “programa de zanjeo”, por los mismos motivo expuestos en dicho programa y a los efectos de garantizar que temporales y mareas periódicas produzcan el menor daño posible a la población y a otras obras existentes en el dominio público.

d) Programa de bacheo: destinado a reparaciones de arterias en el menor tiempo posible, a los efectos de ejecutar sectores en muy corto plazo, evitando entorpecimiento de tránsito en zonas de muy densa circulación de vehículos.

e) Programa de hormigonado: destinado a complementar el programa de bacheo, necesario en todos aquellos sectores donde la calzada es de hormigón y se encuentran en zonas de muy densa circulación de vehículos.

f) Programa Cajas descentralizadas: para atender el funcionamiento de cajas habilitadas por la Tesorería Central en las Delegaciones Municipales, para la percepción de Tasas y Derechos Municipales, en funcionamiento mientras razones de conveniencia y necesidad lo permitan.

ARTICULO 5.- Encomiéndase a la Secretaría de Gobierno, adopte las providencias necesarias para llevar a práctica los programas dispuestos en el artículo 1º, a cuyos efectos queda facultada para proponer las contrataciones de personal de planta temporaria que fuere necesario.

ARTICULO 6.- Encomiéndase a la Secretaría de Economía y Hacienda, adopte las providencias necesarias para llevar a práctica los programas dispuestos en el artículo 2º, a cuyos efectos queda facultada para proponer las contrataciones de personal de planta temporaria que fuere necesario.

ARTICULO 7.- Encomiéndase a la Secretaría de Salud, adopte las providencias necesarias para llevar a práctica los programas dispuestos en el artículo 3º, a cuyos efectos queda facultada para proponer las contrataciones de personal de planta temporaria que fuere necesario.

ARTICULO 8.- Encomiéndase a la Secretaría de Servicios Municipales, adopte las providencias necesarias para llevar a práctica los programas dispuestos en el artículo 4º, a cuyos efectos queda facultada para proponer las contrataciones de personal de planta temporaria que fuere necesario.

ARTICULO 9.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 10.- Dese al Registro Municipal de Normas. Cúmplase por la Secretaría de Gobierno. Tome conocimiento la Dirección General de Personal y la Contaduría Municipal.

 


Firmado: Eduardo H. sofía, Secretario de Gobierno Interino. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 35/99