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Habilitaciones - Ordenanza 25/79

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
Habilitaciones 


 ORDENANZA Nº 25/79

 

ARTICULO 1.- Autorízase la instalación y funcionamiento de juegos mecánicos, eléctricos y electrónicos en las sedes de clubes y/o demás entidades sociales y/o deportivas, con asiento en el Partido de Tigre, y con inscripción en el registro municipal, dejándose expresa constancia que los mismos estarán destinados exclusivamente al esparcimiento de los socios de la entidad, siendo la Comisión Directiva directamente responsable de las transgresiones que se cometan a las normas vigentes en materia de juegos de azar, permanencia de menores en lugares públicos, etc.,

ARTICULO 2.- Toda institución que instale juegos permitidos por la presente Ordenanza, deberá solicitar previamente permiso por intermedio de la Dirección de Inspección General, dejándose constancia que los mismos no podrán librarse al uso hasta tanto el Departamento Ejecutivo otorgue su habilitación.

ARTICULO 3.- Refrende la presente Ordenanza el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Dese a publicidad. Cúmplase por intermedio de la Dirección de Inspección General.

 

ORDENANZA 25/79.-