MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y DigestoC10
Caza
ORDENANZA Nº20/10
ARTICULO 1.- Queda prohibida la caza en el Municipio durante los meses de agosto a abril inclusive. Se comprende en esta disposición la caza con pega-pega, red y medios análogos.
ARTICULO 2.- La Intendencia podrá expedir licencias para cazar desde el 1º de mayo al 1º de agosto, mediante el pago de la cuota que establezca el Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 3.- Las licencias para cazar, expedidas en otras jurisdicciones no son validas en el Municipio.
ARTICULO 4.- Comuníquese a la Intendencia e insértese en el registro respectivo.
TIGRE, 20 DE OCTUBRE DE 1889
FIRMADO: Emilio Mitre y Vedia, presidente. N.J. Aguirre, secretario.