Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C15
Cementerios Muncipales
ORDENANZA Nº13/8/39
Tigre, 13 de Agosto 1939
ARTICULO 1.- Queda terminantemente prohibido en los días domingos efectuar entierros después de las doce horas.
ARTICULO 2.- El Departamento Ejecutivo reglamentara la presente Ordenanza en forma similar a la que existe en la Capital Federal.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.
FIRMADO: González, secretario. Billoch Newbery, vicepresidente.