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Cementerios Municipales - Ordenanza 4/02/29

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto  C15
Cementerios Municipales  


ORDENANZA 4/02/29

 

ARTICULO 1.- Acuérdase a la Comisión Pro Homenaje a la memoria de Don Juan Anguiano, una fracción de terreno en el Cementerio local a perpetuidad en el lugar destinado a monumentos, con el fin de levantar en él, un monumento que perpetúe la memoria del ex educacionista.

ARTICULO 2.- Los planos de las obras a realizarse deberán ser presentados previamente a estudio del Departamento Ejecutivo a los efectos de la aprobación o modificación que creyere conveniente, teniendo en cuenta la estética del lugar y los monumentos ya construidos.

ARTICULO 3.-  Comuníquese, etc.

 

TIGRE, 4 de febrero de 1929.
FIRMADO: Rufino de Elizalde, presidente. Bernasconi, secretario.