MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O6
Obras Particulares
ORDENANZA Nº 1/10/1936
ARTICULO 1.- Desde la promulgación de la presente Ordenanza quedan eximidos del pago del impuesto municipal de edificación, todos los empleados de la Provincia que edifiquen una propiedad que les sirva de vivienda, dentro del Partido.
ARTICULO 2.- Comuníquese, etc.
LAS CONCHAS, 1º de octubre de 1936.-