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Convenios - Decreto 1305/17

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C7 
Convenios


DECRETO  Nº1305/17

TIGRE,  3 de agosto de 2017.-

VISTO:

La Ordenanza 3564/17 promulgada por Decreto 776/17, sujeta a convalidación del Gobierno Provincial en el marco del artículo 83 del Decreto Ley N° 8912/77 (T.O. Decreto N° 3389/87 y modificaciones), por la cual se actualizan las normas del Código de Zonificación del Partido de Tigre mediante la creación de las zonas RM1, R7, R8, C5 y C6 y modificando la delimitación de la zona R3d, y,
 
CONSIDERANDO:

Que dicha convalidación fue concedida mediante Decreto 273/17 E, de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires, motivo por el cual corresponde la publicación de la Ordenanza 3564/17 para su entada en vigencia en el marco del artículo 125 de la Ordenanza General 267 “Normas de Procedimiento Administrativo”.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

 

ARTÍCULO_1.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre y póngase en vigencia la Ordenanza 3564/17 promulgada por Decreto 776/17 y convalidada por Decreto provincial 273/17 E anexo al presente.

ARTÍCULO 2.- La Secretaría de Desarrollo Económico y Control Urbano y Ambiental verificará el cumplimiento del artículo 2° del Decreto provincial 273/17 E, que textualmente se transcribe: “Establecer que en materia de infraestructura, servicios y equipamiento comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56, 62 y 63 del Decreto-Ley Nº 8912/77 (T.O por Decreto Nº 3389/87 y modificatorios) en el momento de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización del uso”.

ARTÍCULO 3.- La Secretaría de Ingresos Públicos verificará y dispondrá las medidas que correspondiere con relación a la nueva zonificación de la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”, introducida por la Ordenanza 3564/17, respecto a las zonas tarifarías vigentes y a proyectar para ejercicios futuros.

ARTÍCULO 4.- Refrenden el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno, el señor Secretario General y de Economía y el señor Secretario de Desarrollo Económico y Control Urbano y Ambiental.

ARTÍCULO 5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.

 

 

         
Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal. Dr. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno
Cdor. Luis Fernando Lauría, Secretario General y de Economía
Ramiro A. Dos Santos Moraes, Secretario de Desarrollo Económico y Control Urbano
DECRETO N° 1305/17