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Estacionamiento - Decreto 157/19

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7 
Estacionamiento


DECRETO Nº 157/19

TIGRE, 15 de febrero de 2019.-


VISTO:

El expediente de referencia, 4112-0003085/18, del registro de esta Municipalidad, la Ordenanza 2919/08, el Decreto reglamentario 1192/11, las Leyes Nacional y Provincial del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados, n° 22.341 y 10.592 respectivamente, el Decreto 5247/89, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones obrantes en el expediente mencionado en el VISTO del presente, el señor Adrián Gabriel Canal, solicita demarcar el frente del inmueble sito en calle Lavalle 699, Tigre, para libre estacionamiento de vehículo para traslado de persona discapacitada, acompañando a fs. 3 su certificado de discapacidad con vencimiento el 12/12/2026.

Que a fs.8 la Dirección General de Tránsito y Transporte manifiesta que corresponde acceder a lo solicitado, autorizando al vehículo dominio IHL 993, ilustrando el modelo de cartel a colocar y determinando los detalles de la colocación.

Que a fs. 9 se expide la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

Que a fs. 11/11 vta. obra dictamen favorable de la Dirección General de Asesoría Letrada, por encontrarse la solicitud encuadrada en la Ordenanza 2919/08, Decreto reglamentario 1192/11, y dentro del marco de las leyes nacional 22.431 y provincial 10.592.

Que el tema queda bajo competencia de este Departamento Ejecutivo, en el marco del dictamen de la Asesoría General de Gobierno, puesto en vigencia por Decreto 5247/89.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Dispónese en el marco de la Ordenanza 2919/08 y Decreto reglamentario 1192/11, zona reservada para estacionamiento del vehículo dominio IHL 993 para traslado de persona discapacitada, Canal, Adrián Gabriel, DNI 14.142.699, en el frente del inmueble ubicado en la calle Lavalle 699, Tigre, con similar vigencia al certificado de discapacidad con vencimiento el 12/12/2026, salvo renovación del mismo.

ARTÍCULO 2.- Refrenden el presente Decreto el señor Secretario General y de Economía, el señor Secretario de Protección Ciudadana, y el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Notifiquese y verifiquese su cumplimiento por la Dirección General de Tránsito y Transporte y por Secretaría de Obras y Servicios Públicos con la instalación del cartel correspondiente. Cumplido intervenga la Secretaría General y de Economía a los efectos de dar tratamiento al reclamo mencionado en el dictamen legal de fs.1l, último párrafo.

 


Firmado: Dr, Julio César Zamora, Intendente Municipal.
Cdor. Luis Fernando Lauría, Secretario General y de Economía.
Eduardo Gabriel Feijoo, Secretario de Protección Ciudadana
Pedro Fernando Heyde, Secretario de Obras y Servicios Públicos
DECRETO N° 157/19